La Sala A de la Cámara de Apelaciones de Trelew hizo lugar en las últimas horas al recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía de Estado del Chubut en el caso conocido como Dos Reis y de ese modo logró una reducción de más de 7 mil millones de pesos en el monto de la condena que deberá pagar la Provincia.
La demanda judicial contra Chubut se inició hace 14 años, tiempo durante el cual un conjuez de primera instancia aprobó el valor de la condena en concepto de lucro cesante en 57 millones, 237 mil, 273 dólares.
Ahora, la Cámara de Apelaciones de Trelew dio como válidos los argumentos expuestos por Fiscalía de Estado, que planteó la improcedencia de dolarizar la condena porque provocaba un incremento exponencial y desmedido, imposible de afrontar para Chubut.
La defensa del Estado logró revertir un complicado escenario ya que, al tipo de cambio actual, la sentencia de primera instancia hubiera significado para las arcas públicas un costo superior a los 8 mil millones de pesos que, sumados a otros mil, 100 millones de pesos en concepto de «valor del buque», totalizan una cifra superior a los 9 mil millones de pesos, es decir, el equivalente a una masa salarial de los empleados públicos.
ANTECEDENTES
En 1973 la Corporación de Fomento Rural (ex Corfo) licitó el buque pesquero Perla del Chubut, que quedó en posesión de Manuel Orlando Dos Reis. Tras ello, Provincia no cumplió con el proceso de transferencia pese al pago de las cuotas por parte del privado y así se dio inicio a la demanda económica más onerosa contra la provincia.
La sentencia de la Cámara de Apelaciones determinó que el valor final del lucro cesante, al 4 de abril de 2017 es de $70.745.514,97 en tanto que los intereses hasta esa fecha suman $281.093.112,19 dando ambos conceptos $351.838.627,16.
De no haber prosperado la apelación de Fiscalía de Estado, las cuentas públicas de Chubut hubieran quedado en jaque impidiendo no solo el cumplimiento de las funciones esenciales del Estado en materia de salud, educación o seguridad, sino también el pago de los salarios y la condena finalmente revocada.
La sentencia de Cámara podría ser recurrida por el demandante ante el Superior Tribunal de Justicia, órgano que tendrá la última palabra.