sábado 19 septiembre 2026

Rechazaron el pedido de nulidad de la defensa de los Kovalivker en la causa ANDIS

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Actualizado: 11:20 19/09 | downtack.com

El juez federal sostuvo que los audios que dieron inicio a la investigación no constituyen prueba única, pero sí una “notitia criminis” válida para avanzar en el expediente.

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El juez Sebastián Casanello, a cargo del Juzgado Federal N° 11, resolvió este viernes rechazar el pedido de nulidad presentado por la defensa de Jonathan, Emmanuel y Eduardo Kovalivker en la causa que investiga presuntas maniobras de corrupción en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

El planteo había sido impulsado por el abogado Martín Magram, quien argumentó que la investigación se originó en audios difundidos en medios de comunicación y atribuidos al entonces director de la ANDIS, Diego Spagnuolo. Según la defensa, esas grabaciones podían ser falsas, adulteradas o obtenidas sin consentimiento, lo que las tornaría ilegales.

El magistrado, sin embargo, recordó que la jurisprudencia de la Corte Suprema establece que la nulidad de un acto procesal solo procede ante defectos sustanciales y no por meros vicios formales, salvo en casos de flagrante violación de garantías constitucionales. En este marco, Casanello consideró que los argumentos de la defensa eran especulativos y contradictorios, ya que reconocieron desconocer el expediente y se apoyaron en trascendidos periodísticos.

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La causa involucra a figuras del oficialismo como Karina Milei y Eduardo “Lule” Menem, mencionados en la denuncia por su presunta participación —aún no comprobada— en el reparto de retornos económicos vinculados a la compra de medicamentos a la droguería Suizo Argentina. La organización Poder Ciudadano, querellante en el expediente, remarcó que los audios constituyen una “notitia criminis” suficiente y que, al tratarse de un funcionario público, Spagnuolo tenía una expectativa de privacidad más limitada.

El Ministerio Público Fiscal también se opuso al planteo de nulidad, al señalar que la denuncia se inició a partir de hechos de interés público y que no se afectaron derechos constitucionales. Casanello respaldó este criterio y recordó que la jurisprudencia nacional e internacional admite el uso de grabaciones aportadas por particulares, siempre que no hayan sido obtenidas por funcionarios en violación de garantías. Su validez como prueba, agregó, será evaluada en la etapa procesal correspondiente.

Fuente: Infobae 

Foto: Archivo

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