La resolución de la Sala I favoreció a Antonio Santiago Ramos Chávez (40) que le redujo a 10 años la condena por el delito de «homicidio simple» que en mayo de 2022 le dio el Tribunal Oral en lo Criminal 25 porteño.
Los jueces Gustavo Bruzzone, Mauro Divito y Jorge Luis Rimondi rechazaron los planteos de la defensa oficial respecto a que no había quedado probado «el dolo de homicidio» y que debía ser calificado como un «homicidio preterintencional».
Además, la Cámara desestimó que el acusado «actuó en legítima defensa o, en su defecto, que excedió sus límites», como propuso la defensora.
MIRÁ TAMBIÉN | Comodoro violento: lo sacaron de una fiesta clandestina, le robaron el celular y lo apuñalaron
«La conducta de éste (Ramos Chávez) no sólo importó una respuesta absolutamente desproporcionada, sino que, además, había mediado una provocación de su parte», sostuvo en su voto el juez Divito, al que adhirieron sus colegas.
No obstante, los magistrados convalidaron la crítica sobre «la mensuración de la pena impuesta» y llegaron a un acuerdo para que sea rebajada.
Es que el TOC 25, por la mayoría de los jueces Hugo Daniel Navarro y Ana Dieta de Herrero y con la disidencia de Gustavo Goerner respecto al monto de la pena, le aplicó 12 años de cárcel.
MIRÁ TAMBIÉN | Juicio “IPV II”: Causa compleja con 210 testigos y al menos 600 operaciones ilegales
«Respecto de la conducta posterior del procesado, pienso que su presentación ante las autoridades policiales una vez anoticiado del hecho, debió computarse como una pauta aminorante», indicó Divito, quien valoró que no haya decidido eludir a la Justicia.
De acuerdo al fallo de la Sala I -al que Télam tuvo acceso- el Tribunal de primera instancia «enunció las circunstancias atenuantes y aportó las razones, vinculadas con las graves características del hecho atribuido, que tuvo en cuenta para arribar al cuestionado quantum (monto)», aunque advirtió que «ciertos extremos no han sido adecuadamente ponderado».
Telam


