En una decisión que refuerza la protección ambiental en Argentina, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el reclamo de la Provincia de Tucumán contra una sentencia de la Corte Suprema provincial que había declarado inconstitucionales varias disposiciones de la Constitución tucumana de 2006, entre ellas, la que permitía la introducción de residuos peligrosos en el territorio provincial. Esta sentencia reafirma la supremacía de la Constitución Nacional en materia de protección ambiental, prohibiendo categóricamente el ingreso de residuos peligrosos en el país.
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La controversia se originó cuando los abogados Luis Iriarte y Carmen Fontán presentaron una demanda contra Tucumán, alegando que la convención constituyente de 2006 había excedido su mandato al incorporar temas no habilitados por la ley que declaró la necesidad de la reforma. Entre las disposiciones impugnadas se encontraba la potestad de la provincia para celebrar acuerdos internacionales relacionados con la introducción de residuos peligrosos, un punto en claro conflicto con el artículo 41 de la Constitución Nacional.
La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán había dado lugar parcialmente a la demanda, decisión que fue confirmada en gran parte por la Corte Suprema provincial. Ante la apelación de Tucumán, el máximo tribunal del país sostuvo que la revisión de decisiones sobre derecho público local no es competencia federal, desestimando el recurso extraordinario presentado por la provincia. Los jueces Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, junto a Ricardo Lorenzetti, coincidieron en que la inconstitucionalidad de las disposiciones cuestionadas era incuestionable.
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La Corte Suprema también reiteró que el artículo 41 de la Constitución Nacional, que prohíbe el ingreso de residuos peligrosos en el territorio nacional, es de aplicación plena y no admite excepciones. Este fallo no solo ratifica la protección del medio ambiente en Tucumán, sino que también establece un precedente claro para otras jurisdicciones que puedan considerar regulaciones similares.
Fuente: Noticias Argentinas.
Foto: Argentina.gob.ar.
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