Foto de archivo.
El hombre en su presentación judicial precisó que el ruido generado por el vehículo le impide descansar durante la siesta.
Un vecino de El Bolsón, abogado de profesión, ha iniciado acciones judiciales contra el municipio de la localidad rionegrina debido al ruido generado por un tractor cortacésped utilizado para el mantenimiento de un espacio verde cercano a su vivienda, que le impide descansar durante la siesta.
El reclamo judicial ha experimentado varios altibajos debido a un conflicto de competencias entre los juzgados intervinientes, lo que ha retrasado la resolución de fondo del caso. La última presentación ante la justicia fue realizada el 12 de diciembre en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de San Carlos de Bariloche.
El vecino solicitó que el municipio respete sus derechos a descansar, argumentando que el ruido de la maquinaria interfiere con su descanso y constituye una violación de sus garantías individuales y colectivas a no padecer ruidos molestos durante su horario de descanso, especialmente considerando que se trata de un adulto mayor.
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Si bien el denunciante reconoció que la comuna se ocupa adecuadamente del mantenimiento del espacio verde, cuestionó que se realice en horarios que afectan a los residentes cercanos. Además, explicó que su vivienda está situada en un primer piso, lo que intensifica el impacto del ruido debido a la expansión vertical del sonido.
El reclamo se fundamenta en el Código de Convivencia local y en el artículo 1973 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece límites a las molestias generadas por ruidos, vibraciones u otras inmisiones provenientes de inmuebles vecinos, incluso cuando existan autorizaciones administrativas.
El expediente fue inicialmente derivado al Juzgado de Paz, pero este se declaró incompetente, considerando que el caso debía ser tratado en el fuero contencioso administrativo. El juez del fuero contencioso, Roberto Sosa Lukman, también se declaró incompetente, argumentando que el reclamo se ajusta a una contravención municipal regulada por el Código de Convivencia Comunitaria de El Bolsón. Ante este panorama, el caso será elevado a la Cámara de Apelaciones, que deberá decidir cuál juzgado tiene la competencia para resolver el conflicto.


