lunes 24 agosto 2026

14 años de prisión para un hombre que mató a otro por el volumen de la música

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Actualizado: 10:55 24/08 | downtack.com

La justicia de San Luis condenó a un hombre a la pena de 14 años de prisión, por asesinar a otro con un cuchillo, en el marco de un entredicho sobre el volumen de la música en un edificio, informaron fuentes judiciales.

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El hecho ocurrió el 12 de junio de 2021, en un complejo de departamentos ubicado en la localidad de Concarán, en el noroeste de la provincia de San Luis, cuando Alexis Corro, junto a su novia, llegaron al departamento de su cuñada en ocasión de un festejo y se dispusieron a escuchar música.

En el mismo complejo, vivía A.M.T.P., de 25 años, junto a su pareja y su hijo.

Según testigos, el incidente tuvo lugar alrededor de las 5 de la madrugada del sábado, cuando la pareja de A.M.T.P. se comunicó con su vecino a través de una mensaje de texto para pedirle que bajaran el volumen de la música.

Al no recibir una respuesta favorable, A.M.T.P. se dirigió personalmente a la vivienda vecina y, de acuerdo con los testigos, comenzó a agredir a todos los presentes.

Primero fueron golpes, luego, con un cuchillo, profirió amenazas de muerte y empezó un forcejeo con Alexis Corro, quien terminó tendido en el suelo con dos heridas en la región izquierda del torso: una sobre la línea axilar y otra en la zona del omóplato, en donde el cuchillo quedó incrustado.

Corro, de 35 años fue trasladado al hospital, pero llegó sin signos vitales, y la autopsia reveló que la causa de la muerte fue un shock hipovolémico, secundario a ruptura de órganos internos tales como: hígado, pulmón y estómago.

A.M.T.P. fue detenido y procesado con prisión preventiva por el delito de homicidio simple.

En el juicio, que inició 14 de junio, declararon 12 testigos, que señalaron a A.M.T.P. como el autor del crimen.

En los alegatos finales, el abogado de la víctima, Iván Coria, destacó que A.M.T.P. actuó con dolo y estaba en plena conciencia de sus actos, dominando la situación al portar un arma blanca durante el hecho, dejando en un posición indefensa a la víctima.

En esa línea, el fiscal de juicio, Mario Néstor Zudaire, sostuvo que sin dudas se trató de un hecho doloso; y que no hubo «emoción violenta» por parte de A.M.T.P.

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De esta manera, el tribunal integrado por Sandra Elizabeth Piguillem, María Claudia Uccello y Daniel Sanchiño, resolvió declarar a A.M.T.P. culpable como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio simple en perjuicio de Martín Alexis Corro, condenándolo a la pena de 14 años de prisión.

Fuente: Télam.

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