lunes 24 agosto 2026

Abren convocatorias para elegir representantes de la Sociedad Civil ante el COFEDIS

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Actualizado: 12:40 24/08 | downtack.com

La elección se llevará a cabo mediante una asamblea el lunes 26 de febrero próximo, a través de una plataforma digital. Las organizaciones que trabajan en la temática de la discapacidad y aspiren a representar a la provincia tendrán plazo hasta el jueves 22 para inscribirse y presentar la documentación requerida, escribiendo al correo electrónico [email protected]

El Gobierno del Chubut, a través de la Secretaría de Salud, llama a convocatoria pública para la elección de representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) de y para personas con discapacidad de la provincia ante el Consejo Federal de Discapacidad (COFEDIS), según lo establece la Ley Nacional N° 24.657/96.

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Según se precisó desde la Dirección Provincial de Atención Integral de la Discapacidad, la elección se llevará a cabo mediante una asamblea el lunes 26 de febrero próximo, a las 11:30 horas, a través de la plataforma digital Meet, en la cual se elegirán un representante titular y un representante suplente entre las OSC participantes.

El representante titular electo iniciará sus funciones en la primera Asamblea del COFEDIS del corriente año.

Los interesados, también conocidos como Organismos No Gubernamentales (ONG), tendrán plazo para inscribirse y presentar la documentación requerida hasta el jueves 22 de febrero.

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Requisitos

Las Organizaciones de la Sociedad Civil participantes tendrán que cumplir con una serie de requisitos, cuya acreditación debe realizarse enviando la documentación pertinente al correo electrónico [email protected], sin excepción.

Los requisitos son:

1) Hallarse inscriptos en el Registro Nacional y/o Provincial de Personas Jurídicas, y que dicha inscripción se encuentre vigente. La constancia que acredite el cumplimiento de dicho trámite deberá haberse expedido, como máximo, dentro de los 6 meses anteriores a la elección;

2) Presentar copia certificada íntegra de los estatutos sociales y sus modificaciones. Si de los estatutos no surgiera el carácter del o los firmantes, deberá adjuntarse también copia certificada del acta donde se los designa en tal cargo;

3) Acreditar una antigüedad mínima, desde la fecha de presentación del pedido de inscripción ante el Registro pertinente de Personas Jurídicas, de dos (2) años;

4) Acompañar la nómina de las autoridades vigentes al momento de la inscripción, la cual tendrá carácter de declaración jurada.

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