Un tribunal mixto dictó un fallo unánime y concluyó que no hubo delito en la entrega de material de descarte de una cantera para la mejora de un callejón. La resolución favoreció a los dos imputados por el beneficio de la duda y la falta de una prohibición expresa.
Un tribunal mixto absolvió a Fabián Jorge Pérez y Juan Carlos Vinay, ambos funcionarios de la Administración de Vialidad Provincial, en una causa por presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público. El expediente se originó por la entrega gratuita de material de descarte de la cantera Arroyo Fontana para un callejón en Trevelin.
Durante el juicio, el tribunal dio por acreditado que los acusados eran funcionarios públicos y que mantuvieron reuniones con particulares interesados en conseguir los áridos. También se comprobó que hubo intervención de autoridades de Vialidad Provincial y que el material fue trasladado por una empresa privada hasta el lugar señalado.
Sin embargo, los jueces concluyeron que esas conductas no implicaron necesariamente una violación a la normativa vigente. Uno de los puntos centrales fue que la autorización del trámite habría partido de una consulta elevada por la Municipalidad de Trevelin y que luego fue avalada por la Dirección de Conservación de Vialidad Provincial.
MIRÁ TAMBIÉN | Piden llevar a juicio a policía acusado de abuso sexual en Sarmiento
El tribunal también sostuvo que no se trató de una venta comercial, sino de la entrega gratuita de material de descarte. En ese marco, interpretó que la ley invocada por la acusación regula operaciones onerosas y no alcanza este tipo de disposición de materiales.
Otro de los argumentos del fallo fue la falta de una reglamentación específica en Vialidad Provincial que prohíba o ordene de manera concreta este tipo de entregas. Para el tribunal, ese vacío normativo resultó decisivo al momento de evaluar la conducta de los imputados.
Además, se analizó la naturaleza del camino beneficiado por los trabajos. Mientras la acusación sostenía que era privado, la defensa planteó que era público. Ante las dudas, el tribunal aplicó el principio de in dubio pro reo y resolvió inclinarse por la interpretación más favorable a los acusados.
Fuente y foto: MPF.
MIRÁ LO ÚLTIMO:
Vialidad Nacional puso en marcha el operativo invernal en Chubut


