La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) emitió en los últimos días dos disposiciones que prohíben la elaboración, fraccionamiento y comercialización de dos marcas de aceite de oliva en todo el territorio argentino. La medida responde a irregularidades detectadas en los registros oficiales y en el etiquetado de los productos, que ponen en riesgo la seguridad alimentaria.
Uno de los productos afectados es el “Aceite de oliva virgen extra primera prensada” de la marca Mito Andino, que no cuenta con registros válidos ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Según la Disposición 5434/2025, tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) indicados en su etiqueta son inexistentes, lo que implica que el producto es ilegal y no puede garantizarse su trazabilidad ni calidad.
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Esta acción preventiva surgió tras una consulta y la posterior verificación en la provincia de Mendoza, donde se confirmó que el producto carece de autorización para su producción y comercialización. La ANMAT destacó que, por estas faltas, el aceite está falsamente rotulado y no cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Alimentos y el Código Alimentario Argentino.
Además, la ANMAT extendió la prohibición al aceite de oliva marca “SOMA”, elaborado en Córdoba, tras detectar que sus registros también son inválidos y sus etiquetas falsificadas. A pesar de una primera confirmación provincial, una investigación más exhaustiva reveló que no es posible identificar un establecimiento autorizado para su fabricación, por lo que la Disposición 5433/2025 dispuso su retiro inmediato del mercado nacional.
Fuente: Minuto Uno.
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