martes 8 septiembre 2026

ANMAT prohibió marcas de café por ser productos “apócrifos”

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Actualizado: 10:51 08/09 | downtack.com

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una serie de cafés en todo el país, tras detectar graves irregularidades sanitarias y falsificación de registros oficiales. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la disposición 8385/2025, alcanza a las marcas Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto, cuyos productos fueron calificados como “apócrifos”.

La investigación comenzó a partir de una denuncia presentada ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), donde se advirtió que un producto identificado como “Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend” utilizaba un número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) inexistente. A partir de ese hallazgo, el INAL amplió la inspección y descubrió que otras presentaciones también carecían de datos obligatorios como lote o fecha de vencimiento.

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Las autoridades detectaron que los cafés eran provistos por la firma Junio 1995 SRL, y que el fraccionamiento se realizaba en una planta llamada Café Sol, ubicada en San Justo, partido de La Matanza. Durante el operativo se comprobó que el establecimiento no contaba con Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni de Producto Alimenticio vigentes, y que allí se procesaban productos de varias marcas sin autorización ni trazabilidad.

En la planta se hallaron paquetes con números de registros inexistentes o no vigentes, y sin la información sanitaria requerida. Por esta razón, se procedió al secuestro de la mercadería, la toma de muestras indicativas y la clausura del fraccionamiento. ANMAT ordenó además la apertura de un sumario sanitario contra Caffé del Doge Argentina – Junio 1995 SRL y el titular de la planta Café Sol.

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El organismo recordó que la comercialización de productos alimenticios sin registro representa un riesgo para la salud pública y prohibió expresamente la venta en todo el territorio nacional de cualquier café que en su rótulo indique el RNPA EXP. N° 4050-141467.

Fuente: Minuto Uno.

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