lunes 14 septiembre 2026

Banfi Saavedra explicó los alcances del nuevo Régimen Penal Juvenil

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Actualizado: 23:35 14/09 | downtack.com

La Ley 27.801, vigente en todo el país desde el sábado, amplía el catálogo de delitos que alcanzan a los adolescentes y fija un tope máximo de pena de 15 años, excluyendo la prisión perpetua. La ministra del Superior Tribunal de Justicia, Camila Banfi Saavedra, explicó los alcances de la reforma y remarcó la necesidad de reforzar el monitoreo de las causas con menores de 14 y 15 años.

Desde el sábado pasado rige en todo el país la Ley 27.801, que establece un nuevo Régimen Penal Juvenil y modifica de manera sustancial el modo en que el sistema judicial interviene ante hechos delictivos cometidos por adolescentes. La norma reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y amplía considerablemente el catálogo de delitos por los que los jóvenes pueden ser llevados ante la Justicia penal.

La ministra del Superior Tribunal de Justicia de Chubut, Camila Banfi Saavedra, se refirió a los principales cambios que introduce la nueva legislación. Según explicó, el primer punto central es la incorporación al sistema penal de adolescentes de entre 14 años y hasta el día en que cumplen 18, un universo que antes quedaba fuera del régimen, que solo alcanzaba a los jóvenes de 16 y 17 años.

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El segundo cambio de fondo, señaló la funcionaria, tiene que ver con el tipo de delitos alcanzados. Mientras que el régimen anterior circunscribía la responsabilidad penal juvenil a los delitos más graves, la nueva ley extiende esa responsabilidad a prácticamente la totalidad del Código Penal a partir de los 14 años.

En el caso puntual de Chubut, Banfi Saavedra aclaró que el Código Procesal Penal provincial ya cuenta con un capítulo específico destinado al régimen penal juvenil, que no sufrirá modificaciones y que se complementa con la Ley XV N° 9, una normativa que en su momento representó un avance importante en el tratamiento judicial de los menores de edad involucrados en delitos.

Un cambio con foco en los más chicos

La ministra puso especial énfasis en la sensibilidad que implica la incorporación de los adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal. Hasta la entrada en vigencia de la nueva ley, explicó, esos jóvenes quedaban bajo la órbita del juez de familia incluso en casos de delitos graves, sin posibilidad de ser convocados a un control de detención o de recibir una imputación formal.

Con la nueva normativa, esa situación cambia: los adolescentes desde los 14 años deberán comparecer ante un juez penal, acompañados por su defensor, la asesoría de familia y, eventualmente, una fiscalía especializada. Banfi Saavedra remarcó que, una vez alcanzados por la ley penal, estos jóvenes quedan amparados por un bloque de garantías constitucionales y convencionales, además de las reglas internacionales que rigen la materia.

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Un tope máximo de 15 años, sin prisión perpetua

Respecto de las penas aplicables, la funcionaria indicó que en los casos de adolescentes de 14 o 15 años deberán ponderarse especialmente la gravedad del daño causado y la edad del imputado. Precisó que la nueva ley establece que los jóvenes no podrán ser condenados a prisión perpetua y fija un tope máximo de 15 años de pena.

En cuanto al universo de delitos alcanzados, Banfi Saavedra señaló que, más allá de los casos más graves —como homicidios o robos agravados por el uso de armas de fuego—, la reforma incorpora una amplia gama de conductas de comisión frecuente entre adolescentes que hasta ahora no derivaban en una audiencia de control ni en una imputación formal. Como ejemplo, mencionó que hechos como una riña entre jóvenes con lesiones mutuas —una situación habitual en la vida cotidiana adolescente— pasarán a estar alcanzados por el sistema penal, pudiendo derivar en detención, imputación y, según la expectativa de pena, en medidas de coerción que incluyan la privación de la libertad.

Con información de JusNoticias.

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