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La medida fue dispuesta en el marco de un proceso de ejecución de alimentos y regirá hasta que el progenitor regularice la totalidad de lo adeudado.
La Justicia de Bariloche ordenó la prohibición de ingreso al casino local para un hombre que mantiene una deuda por cuota alimentaria fijada judicialmente. La resolución se adoptó en el marco de un proceso de ejecución impulsado ante el reiterado incumplimiento de la obligación económica hacia sus hijos.
La decisión se tomó luego de que la Defensa Pública de Derechos de Familia solicitara medidas concretas para asegurar el efectivo cumplimiento del pago. El planteo surgió a partir de información aportada por la madre, quien acreditó que el hombre concurría habitualmente al casino mientras persistía la mora alimentaria.
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Al fundamentar la resolución, la magistrada interviniente recordó que el derecho alimentario constituye un derecho humano básico y que, tratándose de niños, niñas y adolescentes, existe una protección reforzada por su condición de vulnerabilidad. Subrayó además que el cumplimiento de la cuota forma parte de los deberes inherentes a la responsabilidad parental y resulta esencial para garantizar el desarrollo integral de los menores.
En ese sentido, se invocó lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, que en su artículo 553 faculta a jueces y juezas a adoptar “medidas razonables” para asegurar la eficacia de las decisiones judiciales en materia alimentaria. La prohibición de acceso al casino se enmarca dentro de esas herramientas legales orientadas a lograr el pago.
La restricción se mantendrá vigente hasta que el progenitor regularice la totalidad de la deuda. La resolución también advierte que, en caso de persistir el incumplimiento, podrían disponerse nuevas medidas tendientes a garantizar los derechos de los hijos.


