En un nuevo giro judicial por el crimen de Nora Dalmasso, ocurrido en noviembre de 2006 en Río Cuarto, la defensa de Roberto Marcos Bárzola, señalado como sospechoso en diciembre de 2024, rechazó la posibilidad de avanzar con un juicio por la verdad.
El abogado Zacarías Ramírez Rigo advirtió que este tipo de proceso “podría ocasionar daños” a su cliente, debido a la exposición mediática y a eventuales medidas restrictivas impropias de este formato judicial.
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La causa, que suma casi dos décadas sin condena firme, se mantiene activa tras el hallazgo de ADN de Bárzola en un vello púbico en la víctima y en la bata con la que fue estrangulada. A pesar de estos indicios, la defensa insiste en que el caso ya está prescripto, y que cualquier acción que implique castigo o medidas coercitivas sería inconstitucional. El juez de Control Diego Ortiz rechazó este planteo inicial, pero dejó abierta la discusión jurídica sobre la punibilidad del hecho.
Ortiz basó su fallo en tratados internacionales que exigen investigar los crímenes de género, pero descartó equiparar el femicidio de Dalmasso con delitos de lesa humanidad. La causa ahora pasa a revisión por la Cámara del Crimen 2 de Río Cuarto, luego de apelaciones cruzadas del fiscal, la querella y la defensa. La familia de Dalmasso cuestiona que no se haya suspendido la prescripción durante los años en que estuvieron impedidos de ser querellantes.
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Ramírez Rigo sostuvo que un eventual juicio por la verdad —figura reservada históricamente a crímenes imprescriptibles como los de la dictadura— no puede derivar en restricciones de movimiento o nuevas imputaciones. “Vamos a ser muy celosos. Si hay medidas con perfil sancionatorio, reclamaremos daños”, advirtió, señalando que su defendido, camionero de profesión, sufriría perjuicios laborales.
El caso Dalmasso sigue siendo uno de los más resonantes del país por su duración, la falta de condenas y el giro reciente que ubica a Bárzola como posible autor material. Sin embargo, la discusión se centra ahora en si la búsqueda de verdad puede o no avanzar sin vulnerar garantías procesales, en un proceso que no prevé sanciones penales pero que podría tener consecuencias sociales y legales significativas.
Fuente: La Voz


