El juez federal Daniel Rafecas incorporó a Alí Asghar Hejazi entre los acusados por el atentado contra la AMIA y dispuso que pueda ser sometido a un eventual juicio en ausencia. La decisión se fundamentó en su presunta vinculación con la planificación del ataque y en lo que el magistrado definió como una actitud obstructiva y falta de cooperación efectiva.
Según la investigación de la UFI-AMIA, encabezada por el fiscal Sebastián Basso, Hejazi habría tenido participación en la planificación del atentado ocurrido el 18 de julio de 1994 contra la mutual judía, que provocó 85 muertes. El acusado había sido una persona cercana al entonces líder supremo de Irán, Alí Jamenei.
De acuerdo con la fiscalía, Hejazi viajó a Buenos Aires en 1993, después del atentado contra la Embajada de Israel, con el objetivo de evaluar la viabilidad de una operación y la confiabilidad de los agentes que intervendrían. Basso sostuvo que un comité encabezado por Hejazi habría participado de los preparativos y de la definición de la fecha del ataque.
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Rafecas consideró que las conductas atribuidas al exfuncionario iraní pueden ser consideradas constitutivas de los delitos de genocidio y lesa humanidad. Además, lo declaró en rebeldía al entender que tuvo conocimiento de las imputaciones y del proceso penal, pero que deliberadamente evitó comparecer ante la Justicia argentina.
El magistrado señaló que no existe una forma razonable de considerar que Hejazi desconoce la existencia de las actuaciones en su contra. Según el fallo, su conducta estuvo orientada a sustraerse de la acción de la Justicia pese a su supuesto conocimiento efectivo del proceso.
Ahora, la Cámara Federal de Casación Penal deberá resolver si habilita el juicio en ausencia para los ciudadanos iraníes y libaneses acusados por el atentado. Si el mecanismo es autorizado, se trataría de la primera aplicación de un juicio de estas características en la historia judicial argentina.


