Una noche de fiesta en Fernández Oro terminó en un largo proceso judicial luego de que una mujer se resbalara en el baño de un salón de eventos, sufriendo una fractura en la muñeca izquierda que requirió cirugía y más de 30 sesiones de rehabilitación. El hecho dejó secuelas permanentes que afectan sus actividades laborales y cotidianas.
El fuero Civil del Poder Judicial de Cipolletti determinó que el accidente fue consecuencia de la falta de medidas de seguridad por parte del propietario del local, y lo condenó a pagar una indemnización millonaria, aplicando la responsabilidad objetiva prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.
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Testigos y mensajes aportados al expediente confirmaron que el piso estaba mojado por una pérdida de agua, situación que la organizadora del evento informó al dueño del salón, solicitando los datos de la póliza de seguro. La aseguradora reconoció la existencia de cobertura, pero rechazó inicialmente el reclamo.
La pericia médica determinó que la fractura sufrida era multifragmentaria con afectación articular, generando una incapacidad del 21,8%. El tribunal consideró que el piso mojado fue un factor determinante en el accidente y estableció que la indemnización cubre daños físicos, morales y gastos médicos, con intereses desde la fecha del hecho.
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Aunque la sentencia ya fue dictada, aún no está firme y el propietario del salón podría apelar la decisión. Este fallo sienta un precedente en la responsabilidad de locales de eventos y la obligación de garantizar seguridad para sus clientes.
Fuente: LM Cipolleti


