Este martes, apenas minutos pasados del mediodía, la Agencia Nacional de Seguridad Vial detuvo un vehículo en el marco de un operativo de documentación y alcoholemia que se desarrollaba junto a la APSV sobre la Ruta Nacional 25. Tras haberle solicitado la documentación reglamentaria, como parte de la rutina, se le intentó hacer la prueba rápida del alcohol con el alómetro, algo que el individuo oriundo de Dolavon no pudo concretar, ya que no soplaba correctamente.
Ante esta situación, se procedió a hacerlo descender del vehículo Fiat Palio en el que se trasladaba, para realizarle la correspondiente prueba de alcoholemia, que se registró precisamente a las 12:08 -según alcoholímetro- y para sorpresa de los presentes, la misma excedió el límite de medición de 3 g/L (gramos de alcohol por litro de sangre), lo que se demuestra gráficamente con las tres flechas en la pantalla del dispositivo.
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Como es habitual en situaciones similares, el hombre empezó a esgrimir distintos argumentos para justificar su estado, entre ellos que “había comido una ensalada”, culpando al vinagre, y también alegando que era “su cumpleaños”. Sin embargo, la Ley de Tránsito (24.449) es clara al respecto de esta falta grave, por lo que se procedió a la retención del rodado y la licencia.
A modo aclaratorio, se diferencia a los dispositivos como “alómetros” o “alcoholímetros”, siendo los primeros una herramienta de detección rápida de alcohol, es decir, la persona sopla hacia el dispositivo sin tener contacto con el mismo, e inmediatamente se muestra en pantalla un tilde verde si no se detecta alcohol o rojo si hay presencia del mismo. Por el contrario, el alcoholímetro, es el único dispositivo que va a evidenciar la graduación, es decir, es la prueba que tiene valor legal, y con el cual posteriormente se imprime el ticket, donde figura la graduación, número de prueba y datos útiles para darle legitimidad al procedimiento, y eso se adjunta al acta por la falta grave (alcoholemia positiva).