La Corte Suprema de Justicia revocó dos fallos que obligaban a Google a eliminar información sobre el abogado Vecchi, protegiendo la libertad de expresión y el acceso a temas de interés público.
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En un fallo reciente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación respaldó a Google en dos casos relacionados con el derecho al olvido y la libertad de expresión en internet. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda resolvieron a favor del gigante tecnológico, revocando las sentencias que lo obligaban a retirar de su buscador contenido vinculado al abogado Vecchi. La medida inicial exigía a Google eliminar ciertos blogs que trataban temas de interés público relacionados con una condena penal de Vecchi en la causa «Céspedes» y el posterior indulto presidencial que lo benefició.
Google apeló el fallo inicial de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal, argumentando que dicha sentencia vulneraba la libertad de expresión, ya que los contenidos cuestionados abordaban asuntos de interés general. En apoyo de Google, el procurador general de la Nación, Víctor Abramovich, destacó que bloquear o censurar información en la web puede constituir un acto de censura contrario a la Constitución, a menos que se trate de casos excepcionales.
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Abramovich subrayó que la Corte ha establecido que el bloqueo de acceso a contenidos digitales debe ser evaluado rigurosamente, especialmente en lo que respecta a la licitud de los contenidos. Indicó que la información publicada en los blogs abordaba aspectos de interés público por la repercusión mediática del caso de Vecchi, lo que justifica su permanencia en línea y su accesibilidad a través del buscador.
En el segundo caso, Vecchi había demandado a Google para que elimine de su buscador información sobre su condena, apelando al “derecho al olvido” debido a la anulación de su sentencia en instancias judiciales posteriores. Sin embargo, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal revocó el fallo que respaldaba su solicitud de eliminación. Vecchi apeló nuevamente, pero la Corte Suprema ratificó la libertad de acceso a la información de interés público, manteniendo la disponibilidad de los contenidos en la red.
Este fallo establece un precedente importante sobre el derecho a la libertad de expresión y el acceso a información pública, reafirmando que en casos de interés social, la protección de la información debe prevalecer ante solicitudes de eliminación bajo el derecho al olvido.
Fuente: Infobae
Foto: Archivo