La Cámara Federal de Mendoza declaró inconstitucional la ley de movilidad jubilatoria implementada en 2021 bajo el gobierno de Alberto Fernández. Este fallo considera que la fórmula aplicada provocó una significativa pérdida de poder adquisitivo para los jubilados, de más del 50% desde su implementación. En este contexto, los magistrados cuestionaron la fórmula vigente y sugirieron utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) como un método de actualización más preciso.
El fallo, emitido en el caso de Leonardo Evaristo Cortes contra la ANSES, enfatizó que la fórmula actual no garantiza el poder adquisitivo adecuado para los jubilados. Los jueces señalaron que los empalmes entre las leyes de movilidad anteriores y las actuales resultaron en una deficiencia que no protege el valor real de las jubilaciones frente al costo de vida.
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En su resolución, la Cámara destacó que la fórmula del 50% basada en la recaudación de la ANSES y 50% en la variación salarial no se corresponde con los aumentos que deberían reflejar los haberes de los jubilados. Este fallo introduce un precedente importante al considerar que la ley de movilidad fue «regresiva» y no estuvo a la altura de las garantías constitucionales.
Además, los jueces señalaron que en cada año de vigencia de la ley de movilidad jubilatoria hubo pérdidas significativas frente a la inflación. Así, mientras que en 2022 la jubilación subió un 72,45%, la inflación fue del 94,75%. En 2023, la diferencia fue aún mayor, lo que evidencia una creciente pérdida de poder adquisitivo.
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El tribunal recomendó que el cálculo de la movilidad jubilatoria tome como referencia el IPC, lo cual permitiría una actualización acorde al costo de vida. Esta propuesta sugiere que la ANSES realice el cálculo tomando el mayor incremento entre el índice de la ley vigente y el del IPC, con el objetivo de proteger el poder adquisitivo de los jubilados.
La decisión de la Cámara podría tener un impacto significativo en futuros reclamos judiciales y en la forma en que el Estado administra las jubilaciones. Este fallo representa un hito en la defensa de los derechos de los jubilados y plantea la necesidad de ajustes en la política previsional.
Fuente: Ámbito.


