El Gobierno congeló las designaciones y contrataciones de personal «de cualquier naturaleza» en el sector público nacional. La medida, oficializada este viernes a través de un decreto, regirá hasta el 31 de diciembre de 2023.
Al enumerar qué tipo de contrataciones quedan congeladas, el decreto menciona «las designaciones a término en planta transitoria» según el artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional; «las contrataciones previstas en el artículo 9° de la ley 25.164» (contrataciones por tiempo determinado para prestar servicios de carácter transitorio o estacional); como también «las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y trabajo eventual».
Otras modalidades de empleo que quedan restringidas son «las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos» para las que están facultados el jefe de Gabinete, ministros, secretarios de Estado y titulares de entidades descentralizadas y fondos nacionales; al igual que «las designaciones transitorias en cargos simples de planta permanente» y «las contrataciones de personal con o sin relación de dependencia» incluso bajo estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.
El decreto 426/2022, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Juan Manzur y la ministra de Economía Silvina Batakis, establece en sus consideraciones que «resulta adecuado adoptar diversas medidas con miras a garantizar un ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional, en lo que hace a la contratación de personal».
No obstante, habrá excepciones, según se indicó, que alcanzan a las designaciones en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; en el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego y en el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud y en el Servicio Penitenciario Federal y en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido su personal civil.
La exclusión también comprende a las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos; la cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del cupo de discapacidad y del cupo para personas travestis, transexuales y transgénero, entre otras.
Asimismo, se indicó que la Jefatura de Gabinete podrá autorizar excepcionalmente el ingreso al sector público nacional para cubrir cargos vacantes, designaciones o contrataciones «por razones debidamente fundamentadas y acreditadas por la autoridad superior de la jurisdicción o entidad requirente».


