La decisión responde a un amparo presentado por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores y el Defensor del Pueblo de Catamarca. No se otorgarán beneficios a personas presas.
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El gobierno nacional acató este jueves la orden del juez federal Guillermo Díaz Martínez y restablecerá las 119.033 pensiones no contributivas por discapacidad laboral que habían sido suspendidas en todo el país. La medida, sin embargo, no se aplicará a personas presas.
La resolución judicial fue emitida en el marco de la causa “Defensor del Pueblo y otro c/ ANDIS s/ acción de amparo ley 16.986 con cautelar”, en la que la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (APYFADIM) denunció irregularidades en las suspensiones. El fallo del magistrado ordena restablecer los pagos en un plazo de 24 horas y suspender nuevas bajas hasta que se dicte una sentencia definitiva.
Desde la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), a cargo de Alejandro Vilches, indicaron que ya se habían restituido más de 622 pensiones correspondientes a beneficiarios que acreditaron su incapacidad laboral, y que el resto de los casos se evalúa caso por caso. “Aún no hay bajas definitivas”, señalaron desde el organismo, aclarando que se estudia cada situación para garantizar que los beneficios lleguen a quienes realmente lo necesitan.
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El gobierno justificó la medida como parte de un proceso de auditoría destinado a “reordenar un sistema históricamente usado con fines políticos y clientelares”. Según los datos oficiales, entre 2003 y 2023 las pensiones aumentaron de 200.000 a 1.250.000. La auditoría permitió detectar 27.149 pensiones de personas fallecidas y 55.318 beneficiarios que renunciaron al beneficio, evitando pagos a personas que no cumplían con los requisitos legales.
La decisión de restablecer las pensiones fue oficializada en el Boletín Oficial a través de la resolución ANDIS 13901/2025, que establece que los pagos se realizarán según el cronograma de la ANSES. El juez Díaz Martínez destacó que se trata de derechos colectivos e individuales afectados por una norma considerada inconstitucional y por ejecuciones administrativas irregulares.
El amparo también cuestionó las deficiencias en las notificaciones y los plazos para presentar documentación, lo que dificultó a los beneficiarios ejercer una defensa administrativa adecuada. La medida refleja la intención del tribunal de garantizar el acceso a los beneficios y proteger los derechos de las personas con discapacidad.
Fuente: Infobae
Foto: Archivo


