«Considero que hasta y en cuanto se cumplan con los requisitos formales del decreto y los canones establecidos para que tenga validez legal, como las firmas y la publicación del Boletín Oficial, voy a ordenar el cese inmediato de la resoluciones», comunicó la jueza Moreno.
En efecto, remarcó la jueza, “el artículo 5 del decreto indica que se derogan en el día de la fecha la totalidad de las resoluciones que el Ministerio de Seguridad de la Provincia dictara con motivo de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud y la emergencia sanitaria dispuesta en consecuencia”.
«Entonces como no está cumplido el trámite legal del decreto, en lugar de las resoluciones dejadas sin efecto para el aislamiento, se aplicará el protocolo del Ministerio de Seguridad de la Nación dictado el 25 de marzo, el que claramente establece entre sus puntos que es lo que el personal y las fuerzas de seguridad deben hacer y que claramente no podrán hacer», remarcó la magistrada.

No podrán hacer:
- Alejarse de los principios fijados en los protocolos de actuación que regulan el uso racional de la fuerza; legalidad, necesidad, proporcionalidad y progresividad.
- Realizar tareas de dispersión masiva a bordo de motocicletas o vehículos de grupos de personas se encuentren en la vía pública, recordando que el abordaje debe ser personal.
- Proceder a la detención de manera compulsiva sin antes recabar los motivos por los cuales una persona se encuentra fuera de su domicilio.
- No podrán realizar detenciones informales sin darle intervención inmediatamente a la autoridad judicial interviniente.
- No podrán realizar traslados comisarías o dependencias de las fuerzas de seguridad sin intervención del Poder Judicial o Ministerio Público Fiscal.
- En caso de que una persona se encuentre tomando registro fílmico de una actuación no podrá impedirse esa actividad.
«A este protocolo ha adherido el Gobierno de la provincia a través de la resolución Nº 44 firmada por el ministro Massoni en el día de la fecha, y una vez que me sea informada el cumplimiento de los requisitos legales, o sea la publicación, y esto tenga fuerza de ley, voy a ordenar que se archive el presente habeas corpus», sentenció Moreno.
Por el contrario, la jueza no dio lugar a las declaraciones como testigos de algunas de las personas que denunciaron abuso policial y sostuvo que esto debe ser parte de una investigación del Ministerio Púbico Fiscal.


