ARCA publicó la resolución en el Boletín Oficial. La presentación se extiende hasta el 27 de agosto, pero el pago se mantiene para el 27 de julio.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó una prórroga de 30 días para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias, a través de la Resolución General 5876/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial. El plazo para el pago del tributo, en cambio, se mantiene para el lunes 27 de julio.
La medida había sido anticipada el viernes pasado por la ex AFIP, luego de la reunión que mantuvo el ministro de Economía, Luis Caputo, con un grupo de contadores. Estos habían fundamentado el pedido de prórroga tras conocerse el proyecto oficial de modificación de aspectos de la Ley de Inocencia Fiscal. En los considerandos de la norma, ARCA citó «razones de administración tributaria» para justificar la extensión.
MIRÁ TAMBIÉN:Paritaria ferroviaria: cuánto cobra un maquinista tras el nuevo acuerdo
Las personas humanas y sucesiones indivisas podrán presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025 hasta el 27 de agosto. La extensión alcanza únicamente a la presentación: el saldo resultante deberá pagarse igualmente antes del 27 de julio, fecha que también se mantiene para la presentación y el pago de Bienes Personales 2025.
En cuanto a los anticipos de Ganancias para el período 2026, los vencimientos del primero fueron postergados según la terminación de CUIT: el 14 de septiembre para terminaciones en 0, 1, 2 y 3; el 15 de septiembre para 4, 5 y 6; y el 16 de septiembre para 7, 8 y 9.
Con información de BAEnegocios


