martes 8 septiembre 2026

El Gobierno simplificó el traslado de granos y derivados y concentró el control en el SISA

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Actualizado: 22:51 08/09 | downtack.com

Mediante una resolución conjunta publicada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo reformó el sistema de Cartas de Porte, eliminó referencias al RUCA y redujo trámites para la industria agroindustrial, con el SISA como eje central del control.

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El Gobierno nacional avanzó con una reforma integral del sistema de traslado de granos y derivados, con el objetivo de reducir la carga administrativa, simplificar controles y ordenar el esquema regulatorio del sector agroindustrial. La medida se implementó este martes a través de la Resolución General Conjunta 5821/2026, firmada por el Ministerio de Economía y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), y publicada en el Boletín Oficial.

La normativa establece al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) como único eje habilitante para la emisión de Cartas de Porte Electrónicas (CPE) y elimina de forma definitiva cualquier referencia al Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA), que ya no tendrá vigencia en este proceso.

A partir de ahora, para obtener cualquier modalidad de Carta de Porte será requisito ineludible contar con un estado de planta activo en el SISA, tanto para el transporte automotor como ferroviario. Podrán solicitar estos comprobantes los productores de granos registrados en el sistema y los operadores del comercio granario que cuenten con plantas habilitadas y activas.

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La resolución mantiene, además, la figura de la Carta de Porte Automotor Flete Corto, destinada a productores con estado 1 o 2 en el SISA, lo que facilita los traslados de corta distancia hacia plantas de acopio del mismo titular, una herramienta clave para las economías regionales y los movimientos de cercanía.

Menos trámites para la industria

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación de la obligatoriedad de emitir la Carta de Porte Electrónica – Derivados Granarios (CPEDG) en determinados casos, lo que implica una reducción significativa de la burocracia para la industria procesadora.

Hasta ahora, el traslado de aceites, harinas y otros subproductos exigía documentación electrónica incluso para movimientos internos o distancias mínimas dentro de un mismo complejo industrial. Con la nueva normativa, ya no será necesaria la Carta de Porte cuando la mercadería sea:

  • Entregada directamente en planta.

  • Trasladada mediante ductos o cintas transportadoras.

  • Movilizada por medios terrestres distintos de camión o tren dentro de predios industriales.

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Según el texto oficial, esta desregulación apunta a eliminar controles redundantes en procesos donde la trazabilidad ya se encuentra asegurada por otros mecanismos y donde la exigencia documental generaba demoras y sobrecostos operativos.

Sanciones más severas

En paralelo a la simplificación administrativa, la resolución endurece las sanciones ante incumplimientos. Los operadores que excedan los pesos máximos permitidos, falseen datos o incumplan las declaraciones obligatorias podrán sufrir la inactivación inmediata en el SISA, lo que implica quedar automáticamente inhabilitados para operar en el mercado de granos.

De esta manera, el Gobierno busca combinar menos trámites para quienes cumplen con mayor rigor en el control y las sanciones, reforzando el rol del SISA como herramienta central de fiscalización y ordenamiento del comercio agroindustrial.

Fuente y foto: Noticias Argentinas

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