domingo 16 junio 2024

El Superior Tribunal hizo lugar a un planteo y ratifica la sentencia a “Mai” Bustos

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Actualizado: 20:08 16/06 | downtack.com

El fiscal Fidel González informó a la familia del policía Tito Roberts de la reciente resolución del Superior Tribunal de Justicia que confirma la sentencia condenatoria de Cristian Omar “Mai” Bustos por el crimen.

El máximo tribunal hizo lugar al recurso en queja por la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 14, segunda oración del Código Penal y 56 bis de la Ley 24.660, declarada por la Cámara Penal que revisó la sentencia de Bustos.

Concretamente, el artículo 14 del Código Penal, en su última reforma establece una serie de delitos frente a los que no se concederá el beneficio de la libertad condicional, por ejemplo, para los condenados por Homicidios agravados como el caso de Bustos.

La Ley 24.660 en su artículo 56 bis, impide acceder a los regímenes de salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional, libertad asistida, semidetención y prisión discontinua a las personas condenadas por cualquiera de los delitos que enumera.


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El fiscal Fidel González al conocer el fallo de la Cámara presentó un recurso ante el Superior y logró revertir la decisión tomada por los camaristas Alejandro Gustavo Defranco y Guillermo Muller.

Los planteos fueron tratados por Camila Banfi Saavedra, Ricardo Napolitani y Silvia Bustos. Coincidieron en que la declaración de inconstitucionalidad, según ha establecido la corte federal, es de gravedad institucional y debe ser considerada como el último recurso del orden jurídico. Su aplicación debe ser excepcional.

La discusión debería ser debatida cuando el condenado se encuentre en condiciones de acceder a los beneficios ante el juez de ejecución, para que ese magistrado decida de acuerdo a las concretas circunstancias de la carpeta judicial.

No duraron los ministros en confirmar los hechos. Consideraron que la sentencia del tribunal de juicio y la de la Cámara no fueron arbitrarias, y, en todo caso, la impugnación de la Defensa de Bustos demuestra una mera disconformidad con la valoración efectuada, por aquellos magistrados.

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