La declaración también manifiesta que vería con agrado que el Banco del Chubut S.A. preste auxilio financiero para el pago de salarios y de las facturas de servicios de electricidad, agua, cloacas y gas natural a las empresas y comercios que cuenten con habilitación comercial vigente y sean contribuyentes directos del Impuesto a los Ingresos Brutos de la Ciudad de Esquel.
Además, solicita al Banco del Chubut S.A. que se implemente un plan especial y excepcional, mientras se mantenga la emergencia sanitaria, con bonificación del 100% de los intereses (tasa 0%) para gastos corrientes, y el pago diferido que los mismos deben afrontar.
Asimismo, para aquellos que cuentan con un descubierto aprobado, solicita se reduzca la tasa de interés, y se bonifiquen los gastos Bancarios, simplificando y flexibilizando en todos los casos los requisitos solicitados para ser aprobadas las carpetas de los clientes.
Otro aspecto que también se solicita mediante la Declaración a este banco es que, a través de la tarjeta de crédito Patagonia 365, sea posible financiar hasta en 24 cuotas sin interés, todas las compras realizadas en la ciudad de Esquel, sin costos adicionales para los comerciantes.
De igual modo solicita a todos los Bancos públicos y privados con sucursales en Esquel, la prórroga por 120 días de los vencimientos de créditos y todo tipo de deudas contraídas por clientes que se domicilien en esta Ciudad, y la implementación de un plan especial de facilidades de pago para la cancelación de las obligaciones aludidas, con períodos de gracia y tasa cero.
En cuanto a las empresas prestadoras de servicios públicos en la ciudad, se solicita la implementación de planes de facilidades de pago a tasa cero para aquellos usuarios que hayan contraído deudas por falta de pago de dichos servicios durante el período de emergencia sanitaria.
SOLICITUDES A LA AFIP
En relación a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se solicita que disponga los mecanismos previstos dentro de sus facultades para prorrogar por un año los vencimientos de pago de tributos, contribuciones previsionales y aportes al régimen de trabajadores autónomos, así como de toda otra obligación cuya recaudación se encuentre a cargo de esta entidad, de los contribuyentes o responsables con domicilio fiscal en la Ciudad de Esquel, vencidas al día 31 de marzo de 2020 y de todas aquellas cuyo vencimiento se produzca hasta el 31 de marzo de 2020.
También se solicita a la AFIP un plan especial de facilidades de pago para la cancelación de las obligaciones aludidas, transcurrido el año de prórroga, la suspensión inmediata, por el término de un año, de los juicios de ejecución fiscal contra los contribuyentes o responsables con domicilio fiscal en la ciudad.
Además, se solicita a este organismo fiscal, la suspensión de todos los regímenes de retención y de percepción cuando los sujetos pasibles de la retención o de la percepción se domicilien o desarrollen actividad en nuestra localidad, la exención por el término de un año del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría para los contribuyentes domiciliados en la ciudad y la exención durante igual lapso del componente impositivo del Monotributo para los contribuyentes domiciliados en Esquel.
Se enviará copia de esta Declaración al Sr. Gobernador de la Provincia del Chubut, a los Legisladores Nacionales por la Provincia de Chubut, a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut y a los Concejos Deliberantes de la Provincia del Chubut.
SE RATIFICA SUSPENSIÓN DE INCREMENTOS SALARIALES Y SE ESTABLECE EL DESTINO DE LOS FONDOS NO ABONADOS
En la tercera sesión especial celebrada por el Honorable Concejo Deliberante de Esquel, se ratificó -en todos sus términos- el Artículo 3º de la Ordenanza 14/2020.
El Artículo en cuestión dispone la suspensión de los incrementos salariales otorgados mediante Ordenanza Nº 12/2020 al personal de Planta Política del Departamento Ejecutivo Municipal, Concejo Deliberante, Juez de Faltas y Secretario de Faltas, retrotrayéndose los sueldos a los montos abonados al 31 de enero del 2020.
También se sanciono otra ordenanza, que establece el destino de los fondos.
Quedó establecido que los fondos correspondientes a las sumas no abonadas se destinarán -de forma exclusiva-a la compra de alimentos, insumos, bienes de capital, servicios y elementos de salud, en el marco de la emergencia sanitaria por coronavirus.
Teniendo en cuenta que al momento de la ratificación del Artículo 3º de la Ordenanza 14/2020, los sueldos correspondientes al mes de marzo ya habían sido completamente abonados, y a los fines de evitar afectar derechos adquiridos por el personal de Planta Política del Departamento Ejecutivo Municipal, Concejo Deliberante, Juez de Faltas y Secretario de Faltas, se fija el plazo de vigencia de lo dispuesto en el Art. 3º de la Ordenanza 14/20 -ratificado por Ordenanza 17/20- a partir del 1º de abril 2020 hasta el 31 de julio del 2020.
Es de destacar que las sumas no abonadas no serán liquidadas de manera retroactiva, luego de finalizada la emergencia económica y social por COVID -19.
CONVENIO ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y LA ESCUELA Nº 701
En la tercera sesión especial llevada a cabo por el Honorable Concejo Deliberante, se ratificó -en todos sus términos- el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Esquel y la Escuela Provincial Nº 701 de nuestra ciudad, el pasado 19 de diciembre.
El Convenio en cuestión tiene como objetivo que alumnos de la Escuela 701 desarrollen prácticas profesionales concernientes a espacios curriculares que fundamentan la modalidad educativa referida a construcciones.
Es de destacar que estas actividades son instrumentos formativos de consolidación, integración, ampliación de capacidades y capacitación; articulando la teoría y la práctica.
Las prácticas pueden llevarse a cabo con el acuerdo de diferentes áreas de la Municipalidad, en distintos espacios públicos o privados.
El Convenio establece una duración de cuatro años a partir de la fecha de suscripción, renovables en forma automática.
SE RATIFICA CONVENIO SOBRE REFINANCIACIÓN DE LAS SUMAS PENDIENTES DE PAGO AL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
En la tercera sesión especial llevada a cabo por el Honorable Concejo Deliberante de Esquel, se ratificó -en todos sus términos- el convenio suscripto entre el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Chubut y la Municipalidad de Esquel, referido a la refinanciación de las sumas pendientes de pago en el marco del Convenio de Compensación por la quita de subsidios al transporte, por parte del Gobierno Nacional, durante el año 2019.
Es de destacar que el saldo pendiente asciende a la suma de $751.596,36 el cual será abonado en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
El Municipio de Esquel se compromete a abonar en un plazo no mayor a cinco días inmediatos, posteriores al depósito de los fondos que le sean transferidos a su respectiva cuenta especial, creada para este fin.
El convenio tiene vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2020.
RATIFICACIÓN DE CONVENIO PARA SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS
En la tercera sesión especial llevada a cabo por el Honorable Concejo Deliberante de Esquel, se ratificó -en todos sus términos- el Convenio suscripto entre el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Chubut y la Municipalidad de Esquel, referido a formalizar las transferencias de las acreencias liquidadas en el marco de la compensación establecida en el artículo 125 de la Ley 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2019 y a la necesidad de unificar la asistencia financiera que la Provincia aporta para el Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros.
Es de destacar que el Municipio se compromete a no modificar los cuadros tarifarios que se encontrasen vigentes en el ámbito de su competencia al 1 de enero del año 2020. En caso que a la fecha de suscripción del presente convenio hubiese aumentos en los cuadros tarifarios, el Municipio deberá retrotraer las tarifas a la que se encontraban vigentes en la fecha mencionada.
De igual forma el Municipio se compromete a proceder a la apertura de una cuenta especial en el Banco de la Provincia, la cual tendrá como único objeto la transferencia por parte del Estado provincial de las acreencias liquidadas en el marco del Convenio respectivo y se compromete a abonar en un plazo no mayor a cinco días inmediatos posteriores al depósito de los fondos que le sean transferidos a su respectiva cuenta especial, la totalidad de las acreencias liquidadas en el marco del presente convenio, con destinado a las empresas concesionarias del servicio de transporte urbano de la ciudad.
En cuanto a la Provincia, se compromete a realizar un aporte mensual por todo concepto para contribuir en forma mancomunada con Nación, para el mantenimiento del Servicio de Transporte urbano de la ciudad de Esquel.


