La Resolución 48/2026 del RENAR incorporó supresores de sonido y dispositivos de visión nocturna a la categoría de materiales de uso civil condicional. Los usuarios deberán cumplir requisitos específicos para obtener la autorización.
El Gobierno de Javier Milei flexibilizó el acceso a determinados accesorios para armas de fuego mediante la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR), publicada este jueves en el Boletín Oficial. La medida incorpora los supresores o moderadores de sonido y las miras o dispositivos nocturnos a la categoría de materiales de uso civil condicional.
A partir de esta modificación, los legítimos usuarios de armas de uso civil condicional podrán solicitar autorización para la tenencia de estos dispositivos por adquisición, introducción definitiva o transferencia. La normativa establece un régimen específico para quienes quieran registrar este tipo de material.
Entre los requisitos, los solicitantes deberán acreditar que integran una entidad de tiro autorizada e inscripta ante el RENAR o presentar una licencia o permiso de caza vigente emitido por la autoridad correspondiente. También deberán declarar el dispositivo cuya registración solicitan y demostrar que poseen armas compatibles registradas a su nombre.
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La resolución establece además que la registración de los accesorios será independiente del arma a la que puedan ser adosados. Sin embargo, el organismo podrá verificar la compatibilidad técnica y funcional entre el dispositivo y las armas declaradas por el usuario.
En el caso de accesorios que ingresen al país sin numeración de fábrica, deberán tramitar ante el RENAR la asignación de un número de serie. La fabricación, importación, exportación y comercialización de estos materiales quedará limitada a usuarios comerciales que se encuentren debidamente inscriptos y habilitados.
La nueva disposición se suma a otros cambios impulsados por el Gobierno en materia de acceso civil a armamento. Según el texto difundido, en noviembre de 2025 se había flexibilizado la compra y tenencia por parte de civiles de determinados fusiles semiautomáticos, carabinas y subametralladoras de asalto, dejando sin efecto el esquema restrictivo establecido por el Decreto 64/1995.
Fuente: Minutouno.


