La sala penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut declaró inadmisible la impugnación extraordinaria presentada por los abogados del exsecretario general de la ATECH, Santiago Goodman, en cuanto a presuntas maniobras de espionaje ilegal de parte de la Policía durante el incendio ocurrido en septiembre de 2019 en Legislatura.
Este es el segundo plateo del mismo tipo que es rechazado luego que la Cámara Penal de Trelew se pronunciara en igual sentido. De esta manera se ha garantizado el acceso del condenado a las instancias de revisión de la decisión de los jueces de primera instancia en cualquier proceso del fuero penal.
Cabe recordar que Goodman fue declarado culpable y condenado a una pena de tres años de prisión de ejecución condicional por los incidentes ocurridos durante una manifestación docente en la capital provincial.
La resolución firmada por los ministros Camila Banfi Saavedra y Daniel Esteban Báez aseguró que «en el procedimiento seguido contra Santiago Norman Goodman no estuvieron en juego intereses nacionales o actividades criminales de entidad superlativa; tampoco participó el Sistema de Inteligencia Nacional ni se obtuvo información por el solo hecho de la pertenencia del señor Goodman al sindicato que él representa», razón por la cual el alegato jurídico planteado por los defensores «no tiene asidero de especie alguna».
En ese contexto, indicaron «la función de Policía de seguridad consiste esencialmente en la preservación de la seguridad pública, el mantenimiento del orden público y la prevención del delito», como así también que corresponde a la Policía del Chubut asegurar la plena vigencia de los Poderes de la Nación, el Orden Constitucional y el libre ejercicio de las Instituciones Políticas, previniendo y reprimiendo todo atentado o movimiento destinado a subvertirlo; además de proveer a la seguridad de las personas o cosas del Estado, entendiéndose por tales los funcionarios, empleados y bienes.
«Si la impugnación extraordinaria niega las funciones policiales que corresponden por ley y afirma que esas mismas incumbencias de la autoridad son actos de espionaje, el recurso en cuestión no posee anclaje y es por ello inadmisible: sea porque la intervención de la policía del Chubut fue perfectamente legítima en el suceso de autos; sea porque el fin preventivo de las evidencias así obtenidas no equivale a los propósitos ilegítimos que define la ley 25.520 de Inteligencia Nacional», se indicó en la resolución rubricada por Banfi y Báez.
Fuente: JusNoticias.