El juez Guillermo Díaz Martínez, del Juzgado Federal N°2 de Catamarca, ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer en 24 horas todas las pensiones no contributivas por invalidez laboral suspendidas en el país. Además, dispuso que se abstenga de aplicar nuevas bajas hasta que haya una sentencia definitiva.
La resolución surge de una acción de amparo colectivo presentada por el Defensor del Pueblo de Catamarca, con adhesión de asociaciones de personas con discapacidad. Extiende a nivel nacional los efectos de una cautelar dictada en septiembre que inicialmente regía solo para esa provincia.
El fallo se suma a otras decisiones judiciales en Formosa, Misiones y Río Negro, donde jueces federales ya habían ordenado la restitución de prestaciones y el pago de haberes retenidos. En todos los casos, la ANDIS acató las medidas dispuestas por la Justicia.
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Díaz Martínez sostuvo que las suspensiones dispuestas por la Agencia en base al Decreto 843/2024 vulneraron derechos de incidencia colectiva. “Corresponde ordenar a la Agencia Nacional de Discapacidad que restablezca la totalidad de las pensiones suspendidas y pague los haberes retenidos en todo el territorio nacional”, señala el fallo.
El magistrado citó el precedente “Halabi” de la Corte Suprema, al encuadrar el caso como un proceso colectivo por la afectación homogénea de derechos. “Existe un hecho continuado que provoca la lesión a todos ellos”, indicó, justificando el alcance nacional de la decisión.
El juez también designó como representantes del colectivo a la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (A.P.Y.Fa.Di.M.) y a la Asociación Azul, por su trayectoria e idoneidad. Aclaró que la elección busca garantizar un proceso “ordenado y no traumático”.
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El conflicto se originó tras la aplicación del Decreto 843/2024, que elevó al 66% el umbral de disminución de capacidad laboral y amplió las causales de suspensión de beneficios. Las organizaciones denunciaron auditorías sin criterios claros ni medidas de accesibilidad adecuadas.
Según datos oficiales, de las 997.654 cartas documento enviadas por la ANDIS, más de 500.000 no fueron entregadas. En provincias como Chaco y Formosa, el porcentaje de fallos en las notificaciones superó el 70%.
Con este fallo, la cautelar adquiere carácter nacional y obliga a la Agencia a restituir las pensiones suspendidas y abstenerse de aplicar nuevas sanciones o auditorías basadas en el decreto impugnado.
Fuente Infobae
Foto: Archivo


