La Corte Suprema de Justicia ha decidido por unanimidad rechazar el pedido de per saltum presentado por el abogado Andrés Gil Domínguez contra el DNU 70/23 del presidente Javier Milei.
En una decisión unánime, la Corte Suprema de Justicia ha rechazado el pedido de per saltum presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 emitido por el gobierno del presidente Javier Milei.
El máximo tribunal fundamentó su determinación en la ausencia de un «caso concreto», «causa» o «controversia» que justifique la aceleración del debate sobre la norma, tal como había solicitado Gil Domínguez en su presentación.
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El abogado constitucionalista buscaba que se le ordenara a la Cámara de Diputados y al Senado que, en un plazo de 30 días hábiles, trataran el DNU para su aprobación o rechazo en el marco de la ley 26.122.
Anteriormente, el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°1 había desestimado el planteo de Gil Domínguez por falta de «controversia». Tras este fallo, el abogado interpuso un recurso extraordinario por salto de instancia (per saltum) ante la Corte Suprema.
En su fallo, el máximo tribunal recordó que la admisibilidad del recurso extraordinario está condicionada a la existencia de un caso o controversia. Además, esta no es la primera vez que la Corte Suprema rechaza planteos contra el DNU 70/23 del presidente Milei, habiéndolo hecho previamente en acciones impulsadas por el gobierno de La Rioja y por la agrupación de abogados Gente de Derecho.
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La consecuencia directa de esta resolución es que el DNU 70/23 mantiene su vigencia, con excepción de los capítulos que fueron suspendidos o invalidados por otros tribunales, como la reforma laboral o la derogación de la Ley de Tierras.
Fuente: NA


