La Justicia declaró inconstitucional el DNU que restringía el derecho de huelga

Dólar Oficial
$1.545,00
0,32%
Dólar Tarjeta
$2.008,50
0,32%
Dólar Informal
$1.570,00
0,64%
Dólar MEP
$1.544,77
0,07%
Prom. Tasa P.F.
20,45%
0,34%
UVA
2.164,35
=
Riesgo País
672
-0,44%
Actualizado: 07:05 21/10 | downtack.com

La Cámara Nacional del Trabajo ratificó que el DNU 340/2025 del Gobierno viola la Constitución al modificar leyes sin cumplir los requisitos de emergencia. El fallo se basa en una presentación de la CGT.

MIRÁ TAMBIÉN | El Gobierno celebró la inflación más baja desde 2018

En un nuevo revés judicial para el Gobierno de Javier Milei, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ratificó este lunes la invalidez constitucional del DNU 340/2025, que regula el derecho de huelga en sectores clave como el transporte, la educación y la salud. El tribunal confirmó así el fallo dictado en primera instancia por la jueza Moira Fullana, en respuesta a una acción de amparo presentada por la CGT.

El fallo, firmado por los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado, sostiene que el decreto del Ejecutivo no cumplió con los requisitos de necesidad y urgencia establecidos en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional. Además, remarcó que la Comisión Bicameral Permanente del Congreso no se pronunció sobre el decreto, lo que impide su validez legal.

Los camaristas recordaron que, según doctrina de la Corte Suprema, el Poder Ejecutivo sólo puede legislar por decreto cuando el Congreso no puede reunirse por fuerza mayor o cuando existe una urgencia extrema, condiciones que no se verificaron en este caso. El tribunal puntualizó que el Congreso estaba en pleno funcionamiento al momento de la publicación del decreto, con sesiones ordinarias en curso y comisiones reunidas.

MIRÁ TAMBIÉN | En Puerto Madryn se registraron 16 alcoholemias positivas 

Además, los jueces observaron que el DNU 340 excedía su supuesto objeto —la emergencia en la Marina Mercante Nacional— al modificar el artículo 24 de la ley 25.877, extendiendo el concepto de servicios esenciales a actividades ajenas a ese sector. “Se utilizó un instrumento excepcional para cambiar una ley del Congreso en aspectos sin relación directa con la emergencia invocada”, sostuvieron.

El decreto obligaba a los sindicatos a garantizar entre el 50% y el 75% del servicio en sectores definidos como esenciales o trascendentales. La jueza Fullana ya había fallado en contra del mismo decreto a fines de mayo, por una presentación de ATE, y también declaró inconstitucional la eliminación del Día del Trabajador del Estado mediante otro DNU.

MIRÁ TAMBIÉN | Un joven murió tras un presunto ataque de viudas negras

El DNU 340 se suma al ya cuestionado DNU 70/2023, también suspendido e invalidado por la Cámara Nacional del Trabajo, y actualmente pendiente de revisión en la Corte Suprema. Ambos decretos comparten similitudes en el intento de modificar normas laborales mediante decretos presidenciales, sin pasar por el Congreso.

El fallo enfatiza la necesidad de que las reformas laborales sustanciales sean debatidas en el Parlamento, en línea con el sistema de división de poderes establecido por la Constitución. Los jueces concluyeron que la magistrada de primera instancia no se extralimitó, sino que se limitó a aplicar los criterios vigentes sobre los DNU.

Fuente: TN 

Foto: Archivo

Arruabarrena elogió a Boca tras llegar a la final de la Sudamericana

El técnico consideró que Boca mereció avanzar en los dos encuentros de la serie y remarcó que sus dirigidos supieron manejar el desarrollo del partido de vuelta.

El Episcopado cuestionó a Milei por la situación social

El vicepresidente primero de la Conferencia Episcopal Argentina, Ángel Rossi, cuestionó las declaraciones del presidente Javier Milei sobre las dificultades económicas de la población y defendió a quienes aseguran que sus ingresos no alcanzan para llegar a fin de mes.

El peronismo reunió casi el 58% de los votos en el Consejo de la Magistratura

La Libertad Avanza no consiguió representación en el estamento de la abogacía. Su lista, Abogacía por la Libertad, encabezada por Luis Alberto Palomino, reunió 2.462 votos, el 7,62% del total, insuficientes para acceder a alguna de las cuatro bancas.

Milei llamó “impresentable dictador” a Pedro Sánchez en España

El jefe de Estado argentino inició este miércoles una visita a España con una agenda que incluye encuentros con referentes de la derecha, en un contexto marcado por las elecciones anticipadas

Compartir

spot_img

Popular