viernes 5 junio 2026

La Justicia declaró nulo el protocolo antipiquetes

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Actualizado: 17:35 05/06 | downtack.com

Un juez federal hizo lugar a un amparo del CELS y anuló la resolución que habilitaba la intervención inmediata de fuerzas de seguridad en protestas sociales, al considerar que vulnera derechos constitucionales básicos.

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La Justicia declaró la nulidad del denominado “protocolo antipiquetes”, una normativa implementada hace dos años durante la gestión de Patricia Bullrich al frente del Ministerio de Seguridad, que regulaba el accionar de las fuerzas federales frente a manifestaciones sociales y cortes de calles.

La decisión fue adoptada por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11, quien hizo lugar a una acción de amparo presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). En su fallo, el magistrado consideró que el protocolo afectaba de manera directa el derecho constitucional a la protesta social.

La resolución anulada, identificada como 943/2023, habilitaba a las fuerzas de seguridad a intervenir de forma inmediata ante cualquier interrupción del tránsito, bajo el criterio de flagrancia delictiva. Para el juez, este enfoque resulta incompatible con el marco constitucional y legal vigente, ya que equipara la protesta social con un delito penal.

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Cormick sostuvo que la administración pública no tiene facultades para dictar normas que lesionen derechos fundamentales como la libertad de expresión, el derecho de reunión y la posibilidad de peticionar ante las autoridades. En ese sentido, remarcó que cualquier intervención represiva debe ser ordenada por un juez y no quedar librada a la decisión de funcionarios del Poder Ejecutivo o de jefes policiales.

El fallo también cuestionó las tareas de inteligencia previstas en el protocolo, que permitían la identificación de manifestantes mediante registros fotográficos y fílmicos. Según el magistrado, este tipo de prácticas vulnera la Ley de Inteligencia Nacional, que prohíbe al Estado recopilar información sobre ciudadanos por motivos ideológicos, políticos o de pertenencia a organizaciones sociales.

Otro de los puntos críticos señalados en la sentencia es la falta de distinción respecto de grupos vulnerables. El juez advirtió que el protocolo no contemplaba resguardos especiales para niños, adolescentes, personas mayores o con discapacidad, lo que implica una omisión grave en materia de protección de derechos.

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Finalmente, Cormick exhortó al Ministerio de Seguridad a abstenerse de aplicar el protocolo antipiquetes y a adecuar su actuación a lo establecido en el Código Procesal Penal. No obstante, el Gobierno nacional aún tiene la posibilidad de apelar la resolución ante instancias superiores.

Cabe recordar que, días atrás, el mismo magistrado había dictado otro fallo relevante en el que intimó al Ejecutivo a cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, reforzando su postura crítica frente a determinadas políticas oficiales.

Fuente: Noticias Argentinas 

Foto: Archivo

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