Un tribunal revisor confirmó la resolución que reconoce al equino como un ser sintiente y mantuvo su guarda preventiva en la organización Fauna Urbana. El caso se originó tras una denuncia por presunto maltrato en Gualjaina, Chubut.
La Justicia de Chubut confirmó la resolución que declaró al caballo René como un sujeto de derecho no humano y rechazó la impugnación presentada por la defensa de su propietario. La decisión fue adoptada por un tribunal revisor, que además ratificó la guarda preventiva del animal en la organización Fauna Urbana, respaldando la postura del Ministerio Público Fiscal.
La causa se inició luego de una denuncia realizada en Gualjaina, donde vecinos advirtieron que el equino permanecía desde hacía meses en condiciones de abandono, sin acceso adecuado a agua ni alimento. Tras un allanamiento, René fue trasladado al predio de Fauna Urbana, en Esquel, donde un informe veterinario oficial determinó que presentaba un estado crítico de desnutrición, con una condición corporal extremadamente baja.
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Durante la audiencia de revisión, la defensa sostuvo que el caballo debía ser considerado un bien mueble conforme al Código Civil y Comercial y solicitó su restitución inmediata. Sin embargo, la Fiscalía argumentó que el animal constituye la víctima del presunto delito previsto en la Ley 14.346 de protección contra el maltrato animal. En ese marco, la procuradora Cecilia Bagnato afirmó: «Solo se puede ser cruel con un sujeto que tiene capacidad de sufrimiento… el animal es el sujeto pasivo y víctima bajo la Ley 14.346».
El Ministerio Público Fiscal también fundamentó su posición en el artículo 41 de la Constitución Nacional, el artículo 109 de la Constitución de Chubut, la Declaración de Cambridge sobre la conciencia animal y el artículo 240 del Código Civil y Comercial, que establece límites al ejercicio del derecho de propiedad cuando se afectan bienes colectivos o la fauna.
Con esta resolución, el tribunal entendió que la permanencia de René bajo la custodia de Fauna Urbana constituye una medida cautelar destinada a garantizar su recuperación y evitar la continuidad de un presunto hecho de maltrato. Además, la Fiscalía señaló que antes del rescate el imputado no respondió a los requerimientos efectuados por las autoridades municipales, circunstancia que fue considerada durante el proceso judicial.
Con información del MPF.


