El presidente de Ecuador firmó un decreto que restringe los seguros privados y la compra de vehículos oficiales de lujo con dinero público, en el marco de su política de austeridad fiscal.
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En una nueva medida orientada a la contención del gasto público, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo No. 36, que prohíbe expresamente la contratación de seguros privados de salud financiados con fondos estatales para servidores públicos. La decisión se inscribe dentro de una reforma al Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público y busca limitar privilegios del funcionariado en un contexto de restricciones presupuestarias.
El decreto, publicado oficialmente este jueves, solo permite la contratación de seguros de vida privados para trabajadores que desarrollen actividades de riesgo, y siempre que exista una partida presupuestaria específica y la autorización del Ministerio del Trabajo. En el caso de funcionarios que deban cumplir comisiones oficiales en el exterior, se exigirá a las instituciones contratar seguros médicos internacionales de cobertura total, salvo que el viaje esté financiado por un tercero.
Por otra parte, los contratos de seguros privados de salud vigentes antes de la promulgación de la Ley Orgánica del Servicio Público continuarán hasta su vencimiento, pero no podrán ser renovados. Con esta medida, el Ejecutivo pretende corregir asimetrías en el acceso al sistema de salud entre empleados públicos y la población general, que depende de un sistema sanitario estatal con carencias estructurales.
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El Decreto No. 36 también incorpora modificaciones al régimen de adquisición de vehículos oficiales. A partir de su entrada en vigencia, se prohíbe la compra de automóviles de alta gama, salvo en el caso de vehículos especializados para seguridad o usos específicos, los cuales podrán ser de tecnología avanzada sin límite de costo, siempre que exista una justificación institucional y un informe de riesgo.
La adquisición de vehículos no especializados —como los destinados a tareas de campo o transporte colectivo— requerirá la autorización previa de la Secretaría General Administrativa de la Presidencia y estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria de cada entidad estatal. Además, en el caso de los vehículos de aplicación especial, será obligatorio realizar una verificación de producción nacional, mientras que para el resto se deberán aplicar preferencias por productos nacionales durante la fase precontractual.
Asimismo, el decreto asigna al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana la regulación de la compra de vehículos diplomáticos para embajadas y consulados, que también deberán adecuarse a la disponibilidad presupuestaria.
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La disposición también deroga artículos clave del Decreto Ejecutivo No. 457 de 2022, en un intento por consolidar una reestructuración normativa alineada con la política de austeridad del Gobierno. Noboa, que ha insistido en la necesidad de sanear las finanzas públicas, refuerza con esta medida su narrativa de eficiencia y racionalización del gasto en medio de un déficit fiscal creciente.
Las reformas entrarán en vigencia tras su publicación en el Registro Oficial, y el Ejecutivo ha encargado al Ministerio del Trabajo y al Servicio Nacional de Contratación Pública la elaboración de las directrices necesarias para su correcta implementación.
Este decreto se suma a otras medidas recientes del Gobierno ecuatoriano, como la suba del IVA al 15 % en abril de 2024, la aplicación de nuevos aranceles y la movilización de reservas, en un plan integral orientado a mejorar la situación fiscal del país.
Fuente: Infobae
Foto: Archivo


