En Esquel, un hombre de 80 años fue detenido en flagrancia al incumplir una prohibición de acercamiento al domicilio de una mujer.
El incidente ocurrió el 13 de junio a las 00:47 horas cuando el imputado se acercó al domicilio de la víctima, desobedeciendo una orden judicial en su contra. Esta prohibición se había impuesto en el marco de una investigación por amenazas y violación de domicilio, calificándose provisionalmente el nuevo hecho como desobediencia.
El imputado estaba en libertad condicional desde el 14 de julio de 2023, tras cumplir parte de una condena de seis años de prisión por estrago doloso agravado, ocurrido en un contexto de violencia de género. La Fiscalía destacó la reciente modificación del Código Procesal, que establece consideraciones especiales para casos de violencia de género donde se violen medidas de protección.
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A pesar de la avanzada edad del imputado, la Fiscalía argumentó que no hay familiares que puedan garantizar el cumplimiento de un arresto domiciliario, y subrayó el riesgo que representa para la víctima. «Claramente no ha internalizado la prohibición de acercamiento, por lo que solicitamos la prisión preventiva por un mes», afirmó el fiscal.
La Defensa se opuso, argumentando que la afectación de la libertad condicional debe ser resuelta por el juez de ejecución y que los hechos previos no fueron formalmente investigados, lo que impidió la defensa del imputado.
El juez ordenó la intervención del Cuerpo Interdisciplinario Forense para evaluar las facultades mentales del imputado. El médico forense confirmó que el imputado comprende y está ubicado en tiempo y espacio. La víctima expresó su temor ante el juez, quien, tras escuchar a ambas partes, dictó la prisión preventiva. El juez justificó la medida por la gravedad del contexto y la conducta del imputado, destacando que es proporcional dado el riesgo a la integridad psicofísica de la víctima y la necesidad de cautelar el proceso judicial.