La Justicia laboral reconoció una incapacidad mayor a la fijada inicialmente y cuestionó la falta de atención médica tras el accidente.
Un fallo de la Justicia laboral de Rawson dio la razón a un marinero que demandó a una aseguradora de riesgos del trabajo tras sufrir una grave lesión en su mano mientras trabajaba en un buque pesquero. La sentencia ordena una indemnización superior a los 93 millones de pesos.
El accidente ocurrió el 16 de febrero de 2025, cuando el trabajador realizaba tareas sobre la cubierta de una embarcación de la empresa Costa Chubut S.A.. En medio de una maniobra brusca, una estructura se cerró sobre su mano derecha, provocándole una fractura y un traumatismo cortante en uno de sus dedos.
Uno de los aspectos centrales del fallo fue la falta de atención médica inmediata tras el hecho. Según expuso el trabajador en la demanda, no recibió asistencia adecuada ni en alta mar ni al regresar a tierra, lo que agravó su situación.
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Incluso, la ART se limitó a indicar sesiones de kinesiología mediante videollamadas y luego otorgó el alta laboral. Esa respuesta fue considerada insuficiente frente a la gravedad de la lesión denunciada.
En una primera instancia, la comisión médica había determinado una incapacidad del 1,78%, lo que derivó en un pago parcial. Sin embargo, el trabajador recurrió a la vía judicial al considerar que su condición afectaba seriamente su desempeño laboral.
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Durante el proceso, un peritaje médico confirmó que el marinero presenta una “limitación funcional significativa”, ya que no puede realizar una empuñadura completa ni movimientos finos con su mano hábil, fundamentales para su actividad.
A partir de estas conclusiones, la jueza Amorina Testino elevó el porcentaje de incapacidad al 11,99%, reconociendo el impacto real de la lesión en su capacidad de trabajo.
Además, la magistrada declaró inconstitucionales normas que limitaban la actualización de las indemnizaciones, como el DNU 669/19, al considerar que perjudican a los trabajadores frente al contexto inflacionario. En consecuencia, ordenó a Provincia ART S.A. el pago de $93.429.080,59 por todo concepto.
Fuente: JusNoticias.


