El Decreto 773/2024, publicado este viernes, establece detalles cruciales sobre el blanqueo de capitales y el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Un tributarista explica los aspectos más relevantes.
Este viernes, el Gobierno argentino ha dado un paso importante en la implementación del “Paquete Fiscal” mediante la publicación del Decreto 773/2024 en el Boletín Oficial. Esta normativa introduce modificaciones esenciales en la reglamentación del blanqueo de capitales y del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, detalla las 11 claves del decreto que impactan significativamente en la regulación fiscal y el tratamiento de bienes no declarados.
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- Blanqueo: Construcciones y Mejoras El Decreto 773/2024 ahora permite regularizar construcciones y obras en curso, independientemente del grado de avance. Esta medida es crucial para quienes han desarrollado bienes no declarados, como una casa en un terreno ya declarado.
- Parientes a Cargo: Mínimo No Imponible Se aclara la proporcionalidad del mínimo no imponible de USD 100.000 para contribuyentes con familiares a cargo. Estos deben tener ingresos anuales inferiores a 451.683,19 ARS en 2023 para calificar.
- Liberación del Monto Consumido Se ajusta la liberación del monto consumido, alineándolo con el inciso correcto de la ley para evitar errores interpretativos del decreto anterior.
- Liberación de Acciones Civiles y Penales El nuevo decreto establece que las obligaciones en discusión administrativa o judicial pueden ser liberadas, siempre que no estén firmes al 8 de julio de 2024 y estén relacionadas con bienes regularizados al 31 de diciembre de 2023.
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- Facturas Apócrifas El decreto excluye las facturas apócrifas de la liberación de impuestos y acciones legales. Domínguez considera esto un exceso reglamentario y sugiere que los contribuyentes pueden discutir estas situaciones tras el blanqueo.
- REIBP: Apertura de Opciones La normativa modifica la apertura del REIBP para permitir su aplicación a contribuyentes que blanquean bienes, ampliando así la base de adherentes al régimen.
- Fecha de Opción e Ingreso del Impuesto El decreto establece que la adhesión al REIBP debe realizarse antes de la fecha límite de presentación de la declaración jurada del blanqueo, con el pago inicial a efectuarse en el mismo plazo.
- Cómputo de Créditos Fiscales Se amplía el concepto de créditos fiscales para incluir retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Bienes Personales y saldos a favor de libre disponibilidad de otros impuestos.
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- Cónyuge Supérstite El cónyuge sobreviviente no deberá tributar el impuesto sobre los bienes personales hasta el período fiscal 2027 por bienes gananciales del causante que hubiera adherido al REIBP.
- Herederos Los herederos de un causante adherido al REIBP no deberán pagar el impuesto sobre los bienes personales hasta 2027 por bienes recibidos en herencia, proporcionando mayor protección patrimonial.
- Contribuyentes Cumplidores: Flexibilidad El decreto facilita el pago total del impuesto mediante un plan de facilidades vigente al 31 de diciembre de 2023, beneficiando a los contribuyentes cumplidores.
Fuente: Infobae
Foto: ¡Profesional