La secretaria del Tribunal Electoral Provincial (TEP) de Chubut, Adriana Villani, explicó este lunes en que consisten las adhesiones de boletas y se refirió además a las inexistencia de «colectoras».
En primer lugar, Villani precisó que «no es correcto hablar de colectoras, sobre todo porque no es un término legalmente previsto en ninguna normativa. Ha sido un término que generó mucha controversia por algunas conjeturas».
«Podemos decir que en nuestra legislación provincial lo que tenemos absolutamente normado y permitido son adhesiones de boletas, es decir la posibilidad de que un partido que no lleva cargos provinciales (gobernador y vicegobernador) se adhiera con sus cargos locales (intendente y concejales) a una boleta de fórmula de gobernador y vicegobernador», detalló.
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¿Qué tiene que cumplir un partido para que esto se valide?, se le consultó. «Se tienen que presentar los convenios de adhesión de boletas y esto debía ocurrir antes del 31 de mayo de este año, que fue el plazo en el que venció la presentación de alianzas y es lo que está previsto en el cronograma», respondió.
Más adelante remarcó «no es adhesión de un partido a otro, sino que -sólo- de boleta. Esto sino implicaría que estarían tomando las normas de cada partido uno del otro. En este caso el pacto de adhesión de boeltas significa adherir a un candidato que un partido no tiene, como puede ser a gobernador, por que lo se adhiere a esta fórmula provincial».
«Las adhesiones que fueron prestadas fueron tomadas en cuenta. Cuando vengan las boletas nos daremos cuenta si está bien hecho. Pero, hay algunos pedidos de adhesión de boletas que han sido rechazados por el TEM por estar fuera de término», añadió la funcionaria.
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Subrayó asimismo que «un partido dentro de una alianza es un partido que se abstiene a las normas de la alianza, es decir que no se podría adherir a otro».
«Esto es más parecido a lo que son las listas espejos. Es decir presentar una misma lista en agrupaciones diferentes. Esto ha ocurrido. En el análisis de la documentación algunas listas eran listas espejos, es decir que se presentaban las mismas candidaturas o listas tanto para una agrupación política como para otra, que además no se encuentran con un vínculo jurídico como la alianza», advirtió.
Para finalizar, Villani reconoció que «en estos casos se les ha brindado un plazo de 48 horas para que puedan optar por alguna de las agrupaciones, porque realmente no podemos entender que las mismas listas se presenten en dos agrupaciones diferentes. En la legislación provincial no hay un límite a la adhesión de boletas, si en la nacional».


