El Gobierno nacional reglamentó este sábado la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Económica, que incluye la aplicación del impuesto de 30% a operaciones con dólar, así como también un incremento en las alícuotas de Bienes Personales para los activos en el exterior, entre otras medidas.
En la reglamentación se modificaron y clarificaron algunos alcances de este nuevo impuesto, denominado “dólar turista”.
En primer lugar, estará exceptuado del recargo del 30% “la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes”. Es decir que no están incluidos los pasajes aéreos ni los acuáticos, mientras que será solo para viajar a territorios vecinos.
En este sentido, se confirmó que la adquisición de pasajes aéreos a cualquier destino “fuera del país vendidos por empresas argentinas” también estará eximido del tributo. Esto aplica concretamente a Aerolíneas Argentina y a LAN Argentina.
Además, tampoco pagarán este impuesto del 30% los gastos referidos a prestaciones de salud, la compra de medicamentos, la adquisición de libros en cualquier formato, la utilización de plataformas educativas, los softwares con fines Educativo ylos gastos asociados a proyectos de investigación, desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario Argentino.
Tampoco se pagará el impuesto cuando se realice el pago de operaciones con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia, es decir, si se tiene una cuenta en dólares.
Otro cambio que introdujo el Gobierno es la rebaja del recargo para todas las plataformas de servicios digitales como Netflix, Amazon, Tinder y Airbnb, entre otros. En esos casos, no tributarán el 30% como se sancionó por ley sino que pagarán el 8%.
Vale señalar que en la ley se estableció que lo recaudado mediante este impuesto se destinará un 70% a la ANSES y el 30% restante para obras de vivienda.
Fuente: Télam / ámbito.com / TN / minutouno.com