El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dispuso la obligatoriedad de declarar un domicilio electrónico para todas las personas humanas y jurídicas inscriptas en sus registros, en el marco de una política orientada a modernizar y agilizar los procesos administrativos.
La medida, establecida mediante la Resolución 808/2025 publicada en el Boletín Oficial, busca reemplazar progresivamente las notificaciones en papel por sistemas digitales, reduciendo costos operativos y mejorando la eficiencia en la gestión documental.
Desde Comodoro Rivadavia, el organismo informó que el trámite se realiza de manera totalmente digital a través del sistema SIGTrámites, al que se accede mediante la clave fiscal desde el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
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Para completar el proceso, los usuarios deben adherir el servicio SIGTrámites, ingresar al sistema, seleccionar la opción “Declaración de domicilio electrónico” y validar un correo electrónico que será utilizado para recibir notificaciones oficiales.
El domicilio electrónico tendrá la misma validez jurídica que el domicilio legal constituido, por lo que todas las notificaciones enviadas a través de este medio serán consideradas plenamente eficaces en términos legales y administrativos.
La normativa establece un plazo de 90 días para cumplir con esta obligación, que alcanza a más de 200 áreas y sectores vinculados a la producción agropecuaria en todo el país.


