Foto: Jusnoticias Chubut.
Así lo ordenó la Cámara en lo Contencioso Administrativo, la cual confirmó que el ISSyS deberá afrontar la cobertura total del cuidado domiciliario de una afiliada de Puerto Madryn, aunque estableció límites según los valores oficiales.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó que el Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) deberá cubrir el 100% de los cuidadores domiciliarios de una mujer de 90 años, afiliada a Seros y residente en Puerto Madryn. El tribunal destacó la situación de “alta vulnerabilidad socio sanitaria” de la paciente.
La mujer presenta un deterioro progresivo de sus facultades cognitivas y dificultades motrices que le impiden realizar actividades básicas. Además, vive sola y su única hija reside en Trelew, donde también atraviesa problemas de salud que le impiden asumir el cuidado permanente de su madre.
Por indicación médica, la afiliada necesita asistencia las 24 horas, los siete días de la semana. El esquema contempla cuatro cuidadoras que se turnan para garantizar la atención permanente. El costo privado del servicio rondaba los 4,1 millones de pesos mensuales, frente a ingresos de la mujer cercanos a 1,4 millones.
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El conflicto judicial comenzó cuando el ISSyS autorizó solamente el 50% del subsidio y sostuvo que el resto debía ser gestionado ante PAMI, debido a que la mujer también es pensionada nacional. Ante esa situación, se presentó un amparo y la Justicia de primera instancia ordenó a la obra social provincial cubrir la totalidad de la prestación.
Al revisar la apelación, la Cámara confirmó la cobertura integral, aunque estableció límites para preservar el sistema solidario de salud. El juez Marcelo Jones sostuvo que no era razonable obligar a la afiliada a gestionar la cobertura “ante el sistema de salud nacional” cuando no existía una norma que le impusiera ese trámite. A la vez, aclaró que Seros tampoco está obligada a afrontar valores privados sin límites.
Finalmente, los magistrados dispusieron que el ISSyS deberá cubrir el 100% de la remuneración correspondiente a cuatro cuidadores, de acuerdo con los valores oficiales establecidos por el nomenclador de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para la Categoría 4. La medida tendrá una vigencia de 12 meses y podrá renovarse si se acredita administrativamente que persisten las necesidades de cuidado.
Fuente: Jusnoticias Chubut.


