Los jueces César Zaratiegui, Adrián Barrios y Alejandro Defranco rechazaron por unanimidad el planteo de la defensa y respaldaron la decisión de la jueza Ivana González.
La Cámara en lo Penal de Trelew rechazó la impugnación presentada por la defensa pública de O.A.G. y confirmó la resolución que había denegado la ampliación de una suspensión de juicio a prueba. La decisión fue adoptada de manera unánime por los jueces César Zaratiegui, Adrián Barrios y Alejandro Defranco.
El planteo había surgido luego de que la jueza penal Ivana González hiciera lugar a la oposición del Ministerio Público Fiscal y rechazara incorporar un nuevo hecho al beneficio que ya tenía concedido el imputado. La Fiscalía estuvo representada en esta instancia por la procuradora Silvana Lagarrigue.
La defensa había solicitado en marzo de 2026 ampliar la suspensión para incluir un hecho ocurrido el 22 de septiembre de 2025. Se trata de un presunto intento de robo agravado de un vehículo dejado en la vía pública, cometido mediante el uso de una ganzúa. El argumento central fue que ese episodio era anterior a la concesión del beneficio original y que, por las reglas del concurso real y razones de economía procesal, correspondía incorporarlo.
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Desde la Fiscalía se sostuvo una postura diferente. Lagarrigue argumentó que la situación procesal del imputado había cambiado entre el momento en que se concedió originalmente la suspensión y la posterior solicitud de ampliación. En aquella primera instancia, O.A.G. registraba únicamente una conciliación de 2024 por un hurto tentado, motivo por el cual la acusación había prestado conformidad a la salida alternativa.
Posteriormente, según explicó la Fiscalía, comenzaron a avanzar distintos procesos por delitos contra la propiedad. Entre ellos se mencionaron investigaciones por hurto agravado de un vehículo dejado en la vía pública, robo doblemente agravado por las características del vehículo y el uso de ganzúa o llave falsa, además de un caso de encubrimiento por receptación de un motovehículo.
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La representante fiscal consideró que ampliar la suspensión de juicio a prueba en ese contexto implicaría desnaturalizar el instituto. Los jueces de Cámara entendieron que la oposición fiscal había sido razonable y que no podía ser considerada arbitraria o caprichosa.
Finalmente, Zaratiegui, Barrios y Defranco rechazaron la impugnación ordinaria presentada por la defensa y confirmaron la resolución de González del 4 de junio de 2026. También dispusieron diferir la imposición de costas y la regulación de honorarios para la instancia procesal correspondiente, y ordenaron devolver las actuaciones a la Oficina Judicial de origen para continuar con el trámite.
Con información del Ministerio Público Fiscal.


