Un fallo judicial dispuso la suspensión provisoria de dos artículos centrales de la reforma laboral en el ámbito de los trabajadores de comercio, en una decisión que impacta directamente en convenios colectivos vigentes.
La medida fue adoptada por el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, tras una presentación impulsada por el sindicato del sector.
El reclamo fue encabezado por Armando Cavalieri, titular del gremio, quien cuestionó la constitucionalidad de los cambios introducidos por la Ley 27.802.
En concreto, la resolución suspendió la aplicación de los artículos 131 y 133, que modifican aspectos clave como la ultraactividad de los convenios colectivos y establecen un tope para las cuotas solidarias.
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Según el planteo sindical, estas modificaciones podrían afectar la continuidad de cláusulas vigentes una vez vencidos los acuerdos paritarios, generando incertidumbre en las relaciones laborales.
El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto consideró que existen elementos suficientes para habilitar la medida cautelar, al advertir posibles consecuencias inmediatas sobre los derechos laborales.
Además, el fallo remarca que la normativa presenta definiciones imprecisas, lo que podría derivar en conflictos sobre la aplicación de distintos tipos de cláusulas dentro de los convenios.
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Otro punto cuestionado es el límite del 2% a las cuotas solidarias, que actualmente superan ese porcentaje en algunos acuerdos y financian servicios sindicales.
Desde el gremio advirtieron que la entrada en vigencia de estas medidas coincidía con el vencimiento de paritarias, lo que podría impactar en los salarios y futuras negociaciones.
La resolución tendrá vigencia por seis meses y obliga al Estado a abstenerse de aplicar los artículos cuestionados en los convenios alcanzados, al menos hasta que se dicte una sentencia definitiva.


