La Justicia de Familia de San Lorenzo, en Santa Fe, ordenó que un tío paterno se haga cargo del pago de la cuota alimentaria de sus sobrinos debido a la falta de cumplimiento por parte del padre. La medida busca garantizar el bienestar de los menores y se sustenta en el principio de solidaridad familiar.
El juez Marcelo Escola explicó que el caso se remonta al juicio de divorcio iniciado en 2023. Un año después se fijaron los alimentos definitivos al progenitor, pero este nunca abonó la cuota, a pesar de contar con empleo formal en ese momento. Con el tiempo, aunque continuó trabajando, lo hizo de manera informal y sin cumplir con la obligación.
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Ante esta situación, la madre, que tiene a cargo a los hijos, debió recurrir a medidas legales cautelares. “Las necesidades alimentarias de los hijos son impostergables y ante la falta de recursos de la madre, era necesario actuar”, indicó el juez. La mujer sobrevive vendiendo comidas o manualidades para cubrir gastos básicos y especiales de los menores, uno de ellos con discapacidad.
El fallo judicial determinó que la obligación alimentaria se extienda hacia quien se encuentre en mejor situación económica, en este caso el tío paterno. De esta manera, se asegura que los niños reciban los recursos necesarios para su cuidado diario y desarrollo integral.
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La cuota alimentaria provisoria incluye el 125% de la canasta de crianza de menores de 6 a 12 años, además de un 30% del aguinaldo, asignación familiar, cobertura de obra social y gastos extraordinarios. La medida refuerza la importancia de la responsabilidad familiar compartida frente al incumplimiento del progenitor.
Fuente: Noticias Argentinas.


