En una resolución notificada este martes a las partes por la jueza Carolina Marín, se impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional para Gastón Muñoz, quien fue encontrado culpable de «homicidio culposo» en prejuicio de Daiana Reales. El hecho ocurrió la noche del 17 de noviembre de 2020, sobre la Ruta Nacional Nº 25, entre Gaiman y Trelew.
Durante el debate quedó acreditada la materialidad y autoría del acusado a partir de la imprudencia y desatención en el manejo.
Sin embargo, la doctora Marín rechazó la posibilidad del agravante expuesto por la propia Fiscalía a partir de la hipótesis que Muñoz haya tenido 1,11 miligramos de alcohol en sangre, situación que no pudo ser probada por los peritos médicos que depusieron durante el juicio.
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Esas exposiciones, según la magistrada, marcaron la duda sobre ese parámetro, por lo que resultó imposible establecer el agravante al homicidio culposo.
En su veredicto, la jueza Marín también le impuso a Muñoz inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de ocho años más las costas del proceso.
Finalmente, se dieron a conocer las pautas de conductas que berá cumplir Muñoz por cuatro años: fijar residencia y someterse al control de la oficina de supervisión, a la que deberá presentarse cada seis meses; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; no cometer nuevos delitos; efectuar un curso de capacitación en accidentología vial con una carga horaria no inferior a las doscientas horas cátedra; realizar veinte horas de trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público en forma mensual durante el plazo impuesto y fuera de sus horarios habituales de trabajo.
El incumplimiento de cualquiera de estas normas de conducta provocará la revocación de la condicionalidad de la condena, según artículos 26 y 27 del código penal.
Fuente: Ministerio Público Fiscal Chubut.


