miércoles 16 septiembre 2026

Congelamiento de combustibles: ofrecen compensación a cambio de renunciar a reclamos

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Actualizado: 23:20 16/09 | downtack.com

Así lo dispuso este lunes el Ministerio de Hacienda que ofreció transferir fondos a las empresas productoras de petróleo y a las Provincias productoras por un valor de $116,10 por barril de petróleo entregado al mercado local durante septiembre, a modo de compensación por el congelamiento de precios dispuesto por el Gobierno tras las PASO.

La medida se dio a conocer a través de una resolución (552/2019) de la Secretaría de Energía, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Los montos establecidos se abonarán en un 88% a las empresas productoras de petróleo y en un 12% a las provincias en cuya jurisdicción se encuentre la concesión en la cual se haya producido el petróleo.

El Gobierno también determinó una transferencia a las empresas productoras de biocombustibles beneficiarias del régimen de promoción, equivalente al 6% del precio establecido por la cartera de Energía para agosto, aplicable a la producción entregada al mercado local durante todo este mes.

Vale mencionar que mediante el decreto 566, sustituido por el 601, se estableció el congelamiento de precios de los combustibles y se fijó que las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local hasta el 13 de noviembre deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las productoras y refinadoras al 9 de agosto.

Además, deberán aplicar un tipo de cambio de referencia de $ 46,69 por dólar, y un precio de referencia Brent de US$ 59 por barril.

Ahora, con esta nueva resolución mediante la cual se ofrece una “compensación”, se indicó que las empresas productoras de petróleo y de biocombustibles deberán presentar una declaración en la que renuncien a accionar contra el Estado Nacional por el congelamiento.

Desde el ministerio de Hacienda se confirmó que la solicitud de estas transferencias deberán estar acompañada de las renuncias, tanto de las empresas productoras de petróleo y de biocombustibles y las provincias concedentes, a todo “derecho, acción o reclamo administrativo, judicial, extrajudicial o arbitral, en la Argentina, en el extranjero y en el ámbito internacional, relacionados a la aplicación de los decretos 566/2019 y 601/2019”.

La norma precisa que “para sostener el nivel de actividad y empleo y proteger al consumidor durante este período excepcional, corresponde atenuar el impacto que las medidas establecidas por los decretos 566 y 601 generaron en las empresas productoras de petróleo así como en las de biocombustibles, en razón de la mezcla obligatoria de dichos productos con los combustibles fósiles dispuesta por la ley 26.093”.

Val señalar que esa medida se adoptó luego que el petróleo alcanzase un máximo de 71 dólares por barril para luego estabilizarse en torno a 65 dólares (en Argentina congelado a 59), tras los ataques que sufrieron instalaciones petroleras de Arabia Saudita.

Fuente: Télam

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