Mediante el Decreto 342, el Ejecutivo restringió su intervención en los procesos electorales sindicales, que ahora deberán realizarse en una sola jornada y sin participación estatal, salvo casos de acefalía.
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El Gobierno nacional oficializó este miércoles una reforma clave en el régimen electoral de los sindicatos al publicar en el Boletín Oficial el Decreto 342/2025, que modifica la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551. La medida busca reducir al mínimo la intervención del Estado en las elecciones gremiales, reforzando el principio de autodeterminación de las organizaciones sindicales.
Según lo dispuesto, la intervención del Poder Ejecutivo solo se dará en casos de acefalía y cuando no existan previsiones estatutarias para convocar a elecciones. En esos casos, se habilita la designación de un funcionario para garantizar los comicios, que deberán realizarse en un plazo no mayor a 120 días hábiles.
“El decreto garantiza el respeto a la autodeterminación de las asociaciones sindicales, ratificando el derecho de los trabajadores a elegir libremente a sus dirigentes, sin interferencia estatal”, explicaron desde el Ministerio de Capital Humano.
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Entre las reformas más destacadas se incluyen la obligación de celebrar los comicios sindicales en una sola jornada, distinta a la de una asamblea, salvo casos excepcionales debidamente justificados. También se actualizaron los procedimientos de convocatoria, padrones, presentación de listas y fiscalización del proceso electoral.
El decreto también suprime funciones que anteriormente estaban en manos de la Autoridad de Aplicación y que, según argumentó el Gobierno, “contradicen los principios de autonomía sindical consagrados por la normativa vigente y por convenios internacionales”.
La decisión forma parte del plan de desregulación y reducción del rol del Estado que impulsa la gestión de Javier Milei, ahora con el foco puesto en limitar la injerencia del Gobierno en las estructuras internas de los gremios.
Fuente: TN
Foto: Archivo