El Superior Tribunal revocó un sobreseimiento por prescripción y cuestionó fallas en la valoración de pruebas clave en una causa por delitos digitales.
El Superior Tribunal de Justicia resolvió hacer lugar parcialmente a una impugnación extraordinaria presentada por la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital, y ordenó la realización de un nuevo juicio en una causa tramitada en Comodoro Rivadavia. La decisión dejó sin efecto una resolución previa que había beneficiado al imputado con el sobreseimiento por prescripción.
El fallo del máximo tribunal provincial avaló parte de los planteos del Ministerio Público Fiscal, encabezado por el fiscal Fernando Rivarola, en relación a la investigación contra Pedro Enrique Velázquez, quien había sido imputado en 2020 por delitos vinculados a la tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil.
En uno de los puntos analizados, los jueces rechazaron un agravio vinculado a la nulidad de un informe proveniente de una red social. Consideraron que dicho documento contenía información privada que no guardaba relación directa con el objeto de la causa, por lo que correspondía su exclusión del proceso.
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No obstante, el tribunal hizo foco en aspectos centrales del recurso fiscal y concluyó que la absolución respecto a los hechos de distribución no estaba debidamente fundamentada. Según señalaron, la jueza de la instancia anterior no realizó una evaluación integral de las pruebas incorporadas al expediente.
En ese sentido, los ministros destacaron la omisión de elementos técnicos relevantes, como la coincidencia del IMEI del dispositivo, la titularidad de las líneas telefónicas utilizadas y el secuestro del teléfono en el domicilio del imputado. Para el STJ, estos indicios, analizados en conjunto, permiten avanzar en la atribución de autoría en delitos cometidos mediante plataformas digitales.
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Otro de los cuestionamientos apuntó a la fragmentación de la conducta de tenencia del material ilícito. El fallo subrayó que este delito debe entenderse como una acción única y continua, independientemente del soporte en el que se almacene el contenido, rechazando así el criterio utilizado en la sentencia anterior.
Durante la investigación, la Fiscalía acreditó que el imputado habría enviado archivos a través de aplicaciones de mensajería y que almacenaba una cantidad significativa de material en distintos dispositivos. Además, se estableció su participación en grupos de intercambio de este tipo de contenido.
Con estos argumentos, el Superior Tribunal resolvió revocar tanto el sobreseimiento por prescripción como la absolución dictada previamente, y dispuso que el caso sea reenviado a la instancia de origen para la realización de un nuevo juicio.


