El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) anunció, a través de la Resolución 1094/2024 publicada en el Boletín Oficial, la eliminación de la obligación de incluir “contenido informativo eminentemente federal” en la programación de los canales de televisión por cable o satélite. Esta medida se enmarca en la adecuación al Decreto N° 70/2023, aprobado por el Gobierno Nacional, que busca otorgar más libertad al sistema de comunicaciones para su desarrollo.
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Con esta nueva disposición, queda sin efecto la Resolución 1491/2020, que había establecido la obligatoriedad de incluir señales de contenido federal en las grillas de los servicios de televisión por suscripción. La normativa anterior formaba parte de un intento por garantizar que los contenidos de distintas regiones del país tuvieran representación en la televisión nacional.
El objetivo de esta reforma es flexibilizar las normativas vigentes en el sector de las comunicaciones, permitiendo a las empresas de televisión por suscripción una mayor autonomía en la selección de los contenidos que ofrecen a sus usuarios. Según ENACOM, la medida responde a la necesidad de adaptarse a los nuevos tiempos y a las demandas del mercado audiovisual.
La eliminación de esta obligación ha generado reacciones mixtas. Mientras algunos actores del sector destacan la importancia de la libertad para desarrollar una oferta de contenidos más diversa y comercialmente viable, otros manifiestan preocupación por la posible disminución de contenidos que representen la diversidad regional del país en los medios nacionales.
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Esta nueva política del ENACOM representa un cambio significativo en la regulación de los medios de comunicación, en un contexto donde la industria audiovisual busca adaptarse a los nuevos desafíos de un mercado en constante evolución.
Fuente: Infobae.
Foto: La Gaceta.