Este martes se realizó en los Tribunales de Trelew la audiencia de cesura de pena para el cura Héctor Coñuel, declarado culpable de 5 abusos sexuales cometidos contra un menor en Trelew entre 2011 y 2012.
El religioso fue detenido por este caso en Chos Malal en 2019, donde había sido trasladado tras haber sido juzgado y condenado en La Pampa por otro hecho de similares características.
Segunda condena por abuso de menores para el cura Coñuel
En este caso, la Fiscalía pidió la pena máxima de 25 años de prisión, poniendo énfasis en la edad de la víctima, el grado de discapacidad, la inmadurez sexual y principalmente la falta de contención familiar que lo llevó a guardar silencio por casi una década sobre lo sufrido.
La Fiscalía también remarcó la indefensión total en la que se encontraba la víctima en los lugares donde ocurrieron los hechos y finalmente la relación de asimetría entre el condenado y el menor.
Además, se ponderó las consecuencias que tuvo la víctima: tartamudeo, trastorno de sueño y angustia; y se subrayó como agravante la reiteración de los hechos, que se fueron escalonando desde un hecho de abuso sexual simple a abuso con acceso carnal.
Por último, se sumó como agravante las condiciones personales del sacerdote la condena firme de similares características que recayó sobre sacerdote en la provincia de La Pampa.
La justicia pampeana ratificó la condena por abuso contra un sacerdote de Trelew
La Defensa por su parte pidió la pena mínima de 8 años, exponiendo como atenuante el “sufrimiento innecesario” que afronta su defendido, producto del “tratamiento que los medios periodísticos han hechos del caso”. Expuso que al cura se lo ha definido como “Sacerdote abusador” antes de la condena por el caso de Trelew.
“Vivió su detención desde el día uno como un condenado, más allá que aún está con prisión preventiva”, señaló el abogado defensor Rodrigo Miquelarena en referencia al caso juzgado en la ciudad.
Por último, también se pidió tener en cuanta como atenuantes la historia de carencias afectivas y económicas que sufrió el religioso en su niñez, sus características personales de educación, edad y costumbres.
Tras expuestas las pretensiones de las partes, el Tribunal informó que la pena a imponer se conocerá en el plazo de 5 días hábiles.
Fuente: jusnoticias.gov / mpfchubut.gov