Francisco endureció las disposiciones contra los pedófilos y abusos de autoridad

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Actualizado: 02:54 21/10 | downtack.com

Después de casi cuatro años de experimentación, y tras haber consultado a los episcopados y a los dicasterios de la Curia Romana, Francisco promulgó este sábado la versión definitiva de su carta apostólica en forma de Motu Proprio o decreto pontificio «Vos estis lux mundi» (Ustedes son la luz del mundo), que regula los procedimientos para prevenir y combatir el fenómeno de los abusos sexuales y de todo tipo en el seno de la Iglesia católica.

El nuevo decreto, que entra en vigor el 30 de abril y deroga la precedente de mayo de 2019, confirma y profundiza la batería de medidas dispuestas entonces por el Papa, como la obligación para los religiosos de denunciar los ataques.

Una de las novedades de la nueva versión definitiva del decreto es que también alcanzará, además de religiosos, a los comportamientos de «fieles laicos que son o hayan sido moderadores de asociaciones internacionales de fieles reconocidas o erigidas por la Sede Apostólica, para los hechos cometidos» mientras ejercían su cargo.

También se refuerza la parte en la que se pide salvaguardar «la legítima protección del buen nombre y de la esfera privada de todas las personas implicadas», así como la presunción de inocencia para quien es investigado en espera de que sean determinadas sus responsabilidades.

En cuanto a la tipología de delitos que abarca la nueva normativa, mientras antes se hablaba de «actos sexuales con un menor o una persona vulnerable», en la nueva versión se habla de «delito contra el VI mandamiento del decálogo cometido con un menor o con una persona que tenga habitualmente un uso imperfecto de la razón o con un adulto vulnerable», en referencia a los crímenes contra la castidad y considerados graves.

En la nueva versión de «Vos estis lux mundi» también se especifica que las diócesis y las eparquías deben dotarse de «organismos y oficinas», y ya no solo «sistemas estables» como se mencionaba en el antiguo texto, fácilmente accesibles al público para recibir las señalaciones de abusos.

Al mismo tiempo, también se especifica que la tarea de proceder con la investigación es deber del obispo del lugar donde habrían ocurrido los hechos denunciados.

El texto dado a conocer este sábado mantiene los procedimientos introducidos en 2019 que establecen de modo preciso cómo comportarse frente a las señalaciones de casos de abuso y aseguran que obispos y superiores religiosos, y que ahora incluye también los laicos al frente de asociaciones internacionales, rindan cuentas de su actuación y estén obligados a señalar los abusos de los que hayan tenido conocimiento.

El documento incluía y sigue incluyendo no sólo las molestias y las violencias contra menores y adultos vulnerables, sino que también se refiere a la violencia sexual y a las molestias derivadas del abuso de autoridad.

Por lo tanto, esta obligación también incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el caso de molestias a seminaristas o novicios mayores de edad.

El papa Francisco endureció hoy las disposiciones vaticanas contra la pederastia y abusos de autoridad, al publicar una versión actualizada de un decreto de 2019 con la que obligará desde el 30 de abril a que todas las diócesis tengan oficinas para luchar contra este tipo de crímenes, y establece también sanciones para los fieles laicos que cometan los delitos.

Después de casi cuatro años de experimentación, y tras haber consultado a los episcopados y a los dicasterios de la Curia Romana, Francisco promulgó este sábado la versión definitiva de su carta apostólica en forma de Motu Proprio o decreto pontificio «Vos estis lux mundi» (Ustedes son la luz del mundo), que regula los procedimientos para prevenir y combatir el fenómeno de los abusos sexuales y de todo tipo en el seno de la Iglesia católica.

El nuevo decreto, que entra en vigor el 30 de abril y deroga la precedente de mayo de 2019, confirma y profundiza la batería de medidas dispuestas entonces por el Papa, como la obligación para los religiosos de denunciar los ataques.

Una de las novedades de la nueva versión definitiva del decreto es que también alcanzará, además de religiosos, a los comportamientos de «fieles laicos que son o hayan sido moderadores de asociaciones internacionales de fieles reconocidas o erigidas por la Sede Apostólica, para los hechos cometidos» mientras ejercían su cargo.

También se refuerza la parte en la que se pide salvaguardar «la legítima protección del buen nombre y de la esfera privada de todas las personas implicadas», así como la presunción de inocencia para quien es investigado en espera de que sean determinadas sus responsabilidades.

En cuanto a la tipología de delitos que abarca la nueva normativa, mientras antes se hablaba de «actos sexuales con un menor o una persona vulnerable», en la nueva versión se habla de «delito contra el VI mandamiento del decálogo cometido con un menor o con una persona que tenga habitualmente un uso imperfecto de la razón o con un adulto vulnerable», en referencia a los crímenes contra la castidad y considerados graves.

En la nueva versión de «Vos estis lux mundi» también se especifica que las diócesis y las eparquías deben dotarse de «organismos y oficinas», y ya no solo «sistemas estables» como se mencionaba en el antiguo texto, fácilmente accesibles al público para recibir las señalaciones de abusos.

Al mismo tiempo, también se especifica que la tarea de proceder con la investigación es deber del obispo del lugar donde habrían ocurrido los hechos denunciados.

El texto dado a conocer este sábado mantiene los procedimientos introducidos en 2019 que establecen de modo preciso cómo comportarse frente a las señalaciones de casos de abuso y aseguran que obispos y superiores religiosos, y que ahora incluye también los laicos al frente de asociaciones internacionales, rindan cuentas de su actuación y estén obligados a señalar los abusos de los que hayan tenido conocimiento.

El documento incluía y sigue incluyendo no sólo las molestias y las violencias contra menores y adultos vulnerables, sino que también se refiere a la violencia sexual y a las molestias derivadas del abuso de autoridad.

Por lo tanto, esta obligación también incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el caso de molestias a seminaristas o novicios mayores de edad.

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